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El BCRA va tras los dólares que guardan las casas de cambio
• Podrá presenciar los arqueos que hacen sobre las divisas que atesoran y entrar a los sitios en que las guarden
El encargado de la vigilancia será el personal de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, que hasta podrá acceder a aquellos depósitos en los que los cambistas hayan decidido guardar las divisas.
Al Central le inquieta la existencia de una "caja negra" que hoy está en manos de este sector, y que no está alcanzada hasta ahora por su regulación. Considera que dentro de este mecanismo hay un volumen de dólares que puede estar nutriendo hoy el verdadero negocio cambiario y que, a la vez, puede estar dándole fuerza al "blue". "Las casas de cambio siempre fueron grandes mentirosas sobre su situación patrimonial. Tradicionalmente siempre tuvieron un comportamiento que pretendió eludir los controles", alertó a este diario una fuente que siguió de cerca el armado de las normativas sobre el sector.
En concreto, la comunicación "A" 5523 del Central resolvió que los acuerdos que las casas de cambio alcancen con los propietarios de estos sitios deberán incluir la posibilidad de que puedan ser supervisados por sus funcionarios. "Cuando la entidad opte por utilizar espacios físicos de terceros para el atesoramiento de sus valores, los contratos que celebre con ese objeto deberán contener cláusulas que establezcan que el personal de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias podrá presenciar -en el momento de su requerimiento y en el marco del ejercicio de sus funciones- el arqueo de aquellos valores", dispone el texto oficial.
En el Central creen que las casas de cambio pueden estar declarando hoy valores inferiores a los que verdaderamente hacen "pernoctar" fuera de sus sucursales, que podrían exceder el porcentaje que se les impone por regulación de acuerdo con su responsabilidad patrimonial computable. Para esto resolvió que "los contratos vigentes que se hayan celebrado para utilizar espacios físicos en sitios de terceros destinados al atesoramiento de valores deben adecuarse a lo establecido en el punto precedente a más tardar el 1 de marzo".
Para llevar adelante el control, las casas de cambio deberán facilitar a los funcionarios del Central el acceso a los depósitos propios o de terceros en los que atesoren estos valores. Y ante una demora en el inicio del arqueo, que se interprete como una negativa a permitir la inspección, el Central, aclara, podrá aplicar las sanciones correspondientes.

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