23 de diciembre 2008 - 00:00

El CIADI rechazó otra demanda contra Argentina

Osvaldo Guglielmino
Osvaldo Guglielmino
El CIADI, tribunal de controversias internacionales que funciona dentro de la órbita del Banco Mundial, rechazó la demanda contra el Estado nacional presentada por Thales Spectrum. La empresa, de capitales franceses, reclamaba una indemnización de u$s 600 millones debido a la rescisión del contrato que le concesionaba el control del espectro radioeléctrico.
El tribunal, conformado por Grant D. Aldonas, nombrado por Thales; el profesor Georges Abi-Saab, designado por la Argentina; y el sueco Hans Danelius, que ejerció la presidencia y fue nombrado por el CIADI, señaló que el organismo «no tiene jurisdicción sobre el arbitraje» iniciado por Thales.
La entidad se dedica a la resolución de diferendos entre naciones que firmaron en la década del 90 tratados de protección recíproca de inversiones.
Tras la ley de emergencia de 2002 que suspendió los contratos de concesión a las privatizadas para su renegociación, y luego de las reestatizaciones dispuestas por el Ejecutivo (como Aguas Argentinas y el control del espectro radioeléctrico), varias de las firmas internacionales que operan en el país iniciaron acciones en el CIADI, argumentando que las decisiones tomadas por la Argentina violan los tratados bilaterales de protección de inversiones.
Las decisiones del organismo dependen del tribunal que se conforme en cada caso, porque no sientan jurisprudencia. Esto determinó hasta ahora que algunos fallos resultaran contrarios al Estado nacional y se fijaran indemnizaciones, y en otros, como el de Thales, que se rechazara la presentación por no haber realizado juicio en la Argentina.
Apelable
En ambas situaciones, las decisiones del tribunal pueden apelarse, lo que determina la continuación de las acciones. Por ahora, el Estado no pagó indemnizaciones porque pidió la nulidad de los fallos adversos. En el caso de Aguas del Aconquija, concesionaria del servicio de agua en Tucumán (que dio por rescindido el contrato atribuyendo la culpa al Gobierno provincial de Antonio Bussi), primero se produjo un fallo como el conocido ayer, y tras la apelación de la empresa francesa Compagnie Generale des Eaux (después Vivendi), volvió a reabrirse el juicio y el resultado fue desfavorable para el Estado.
El pronunciamiento sobre Thales se suma al conocido la semana pasada en respuesta a una presentación hecha por la petrolera Wintershall. «Hace pocos días recibimos la notificación de otro laudo en el que se rechazó la jurisdicción del CIADI, en el caso de la petrolera alemana Wintershall, que al igual que Thales demandaban por montos cercanos a u$s 400 millones, en total cerca de u$s 1.000 millones», dijo ayer el titular de la Procuración del Tesoro, Osvaldo Guglielmino.
«El CIADI cierra el caso y si a Thales le parece, puede iniciar acciones ante la Justicia argentina, en realidad, es un reconocimiento del CIADI, del Banco Mundial, del derecho internacional y de la comunidad internacional a la seguridad jurídica argentina», remarcó Guglielmino.
La Procuración recordó que la relación entre el Estado nacional y Thales se inició «a mediados de 1997 cuando la Comisión Nacional de Comunicaciones, luego de una licitación que luego sería muy cuestionada, le otorgó una concesión a esa empresa para la administración, gestión y control del espectro radioeléctrico por 15 años con la opción de prorrogarlo por 5 años más».
En 2004, el contrato fue rescindido por el Gobierno de Néstor Kirchner, sobre la base de incumplimientos de Thales (el 70% sobre el contrato según la Auditoría General de la Nación) y de irregularidades en el proceso de licitación.
En julio de 2001 se inició una investigación en la Justicia criminal, como resultado de una denuncia de la Oficina Anticorrupción en relación con las irregularidades en el proceso de licitación.
En octubre de 2004, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal No. 7 de la Ciudad de Buenos Aires sobreseyó parcialmente a algunos de los acusados, pero en noviembre de 2005 la Cámara Criminal y Correccional Federal, Sala II, revocó el sobreseimiento parcial y ordenó llevar a cabo otras investigaciones.
A principios del corriente año, el 26 de febrero, se dictó el procesamiento sin prisión preventiva de varios de los acusados, por los delitos de defraudación por administración infiel agravada por ser en perjuicio de la administración pública.
Según explicó Guglielmino, el Tribunal determinó que el CIADI «no tiene jurisdicción sobre el reclamo, porque Thales Spectrum Argentina era una empresa argentina y estaba controlada al momento de iniciarse el arbitraje por un nacional argentino, Jorge Justo Neuss». En cambio, al comienzo de la concesión TSA se encontraba controlada por el grupo francés Thales, que luego salió del negocio, recordó Guglielmino.

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