7 de septiembre 2017 - 00:00

El Gobierno de Rajoy maneja un abanico de opciones judiciales para responder el desafío

El presidente del Ejecutivo, no obstante, también podría echar mano a un decreto de seguridad nacional para boicotear el referendo. Como último recurso, suspendería la autonomía de la región.

OFENSIVA. Soraya Sáenz de Santamaría, vicepresidenta del Ejecutivo, lidera las críticas al Gobierno catalán al que comparó con una dictadura.
OFENSIVA. Soraya Sáenz de Santamaría, vicepresidenta del Ejecutivo, lidera las críticas al Gobierno catalán al que comparó con una dictadura.
Madrid - Preocupado por su imagen pero también firme, el Gobierno de España prometió "proporcionalidad" ante el referéndum de secesión anunciado para el 1 de octubre en Cataluña, declarado anticonstitucional por la justicia.

Madrid pidió ayer al Tribunal Constitucional (TC) que anule la votación en el Parlamento catalán. El alto tribunal se reunirá hoy para examinar el recurso. En paralelo, la fiscalía va a querellar "por desobediencia" a la presidenta del Parlamento, Carme Forcadell, y otros responsables de la cámara, por permitir que se tramite la ley.

Para impedir la celebración efectiva del referéndum, el ejecutivo español dispone de varias armas legales: Los funcionarios que ayuden a organizar el referéndum se exponen a sanciones. Según Yolanda Gómez, catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad a Distancia (UNED), se trataría de sanciones disciplinarias, como "la suspensión temporal de empleo y sueldo".

Dicha medida podría aplicarse, por ejemplo, a directores de institutos o rectores de universidades que abran el 1 de octubre sus locales para que sean usados como centros de votación.

Dependiendo de la gravedad de la infracción cometida, se podría llegar a la vía penal, que permite imputar a funcionarios o cargos políticos por "desobediencia" e incluso en los casos más graves por "rebelión".

En estos casos, los encausados podrían tener incluso que responder con su propio patrimonio, si la justicia estima que se desviaron caudales públicos para la consulta.

El TC español puede multar e incluso suspender de sus funciones a "las autoridades o empleados públicos" que incumplan sus resoluciones.

En caso de activarse, apuntaría a altos cargos catalanes como por ejemplo el presidente del Gobierno, Carles Puigdemont, o a Forcadell.

Adelantándose a los acontecimientos, ésta tomó ya la iniciativa de pedir la recusación de los miembros del TC, para tratar de paralizar sus posibles sanciones o al menos retrasarlas.

Adela Asua, hasta hace poco vicepresidenta del Constitucional, advirtió que este escenario puede llevar a una "escalada de suspensiones" de cargos públicos, por lo que el Tribunal deberá "valorar y sopesar" muy bien lo que hace.

Una ley promulgada en 2015 permite al Gobierno declarar por decreto una "situación de interés para la Seguridad Nacional", en un territorio definido y de manera temporal.

El jefe del Gobierno, Mariano Rajoy, justificó en su momento la llamada Ley de Seguridad Nacional, aseverando que "la legislación padecía de un vacío normativo: entre las crisis habituales y los estados de alarma, excepción y sitio".

En estos casos, el texto permite nombrar "una autoridad funcional", con "competencias para dirigir y coordinar las actuaciones que procedan" a fin de remediar la crisis.

Así, el dispositivo le daría por ejemplo al Gobierno de Rajoy el poder de controlar de manera directa y temporal a la policía catalana, los Mossos d'Esquadra.

Según Gómez, el Gobierno español podría "sobreponer en la cadena de mando de los Mossos a un civil que no sea el consejero de Interior" catalán, el independentista Joaquim Forn, sino el ministro del Interior del Gobierno central, Juan Ignacio Zoido.

A partir de ahí, se puede por ejemplo "mandar a la policía local y autonómica con la orden expresa de cerrar un lugar donde se está votando". Pero en cualquier caso, "lo que no va a hacer el gobierno central es actuar por la fuerza, sino cargarse de razones jurídicas", señaló la jurista.

La ventaja de dicha medida es que además es "rapidísima", explicó Gómez, ya que el consejo de ministros puede actuar "en horas".

La medida más extrema sería la aplicación del artículo 155 de la Carta Magna española. Permite al Gobierno central "adoptar las medidas necesarias" en una región determinada, y someterla al "cumplimiento forzoso" de las obligaciones establecidas por la Constitución "u otras leyes".

La puesta en marcha de esta medida no es tan rápida como las anteriores, ya que le exige a Madrid dos trámites previos: un requerimiento al presidente de la región, y "en el caso de no ser atendido", recabar el apoyo "por mayoría absoluta del Senado".

Es la medida más impopular y arriesgada a nivel político, ya que "siempre se consideró que es desposeer a una comunidad autónoma de sus legítimos poderes", apuntó Gómez.

Agencia AFP

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