El economista Sebastián Galiani (con ayuda de María Lucía Yanguas) escribió un artículo en la página de internet “focoeconomico.org” que analiza el matrimonio. Entre otros datos, calculan que en la Ciudad de Buenos Aires sólo el 46% de las parejas casadas a los 25 años seguirían casadas en su primer matrimonio al llegar a los 60 años. Evalúan además si en la decisión casarse intervienen factores tales como el costo de un divorcio, por ejemplo. Así, concluyen que sería deseable que exista un “menú de contratos” del que se pueda elegir, como un matrimonio a plazo, por ejemplo. Tiemblan los románticos.
Betsey Stevenson y Justin Wolfers (2010) documentan los principales hechos estilizados sobre matrimonio y divorcio en los países desarrollados, principalmente en Estados Unidos. Un primer hallazgo es que las tasas de divorcio han aumentado en el último siglo y medio, con una tendencia levemente decreciente en el pasado cuarto de siglo, debido, simplemente, al hecho de que la gente se casa menos. En segundo lugar, notan que las tasas de matrimonio se han reducido, pero más notablemente, observan que la importancia del matrimonio en diferentes puntos del ciclo de vida ha cambiado significativamente. Además, la convivencia se ha vuelto muy importante, transformándose en un paso típico en el camino hacia el matrimonio. Fuera del matrimonio la fecundidad también ha aumentado significativamente.
Utilizando datos de corte transversal provenientes del censo y del Registro Civil para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en 2010, calculamos, no sin hacer supuestos heroicos, la curva de supervivencia de un matrimonio a lo largo del ciclo de vida. Apenas el 46% de las parejas casadas a los 25 años de edad seguirían casadas en su primer matrimonio al llegar a los 60 años. Estos números son similares a los que se encuentran para Estados Unidos.
La lección es que distintas parejas demandan distintos tipos de contrato (quizás en distintos puntos de su ciclo de vida). Previo a julio de 2010, las personas del mismo sexo no se podían casar en la Argentina y por ende usaban en exceso la unión civil. Al permitirles el contrato matrimonial, muchos comenzaron a sustituir uno por otro. Análogamente, las parejas heterosexuales usaban en exceso el contrato matrimonial previo a la ley que permitió la unión civil en 2002, con lo cual se ve un creciente aumento en este segundo tipo de contrato a lo largo de la década, a medida que un mayor número de parejas optan por este contrato más flexible.
Así, se puede interpretar el contrato matrimonial como un contrato que hace más costosa la separación. ¿Cuánto más costosa? Depende en gran medida de los términos del contrato. Por ejemplo, si la legislación sólo permite el divorcio con causa, éste se vuelve más dificultoso que si permite el divorcio sin causa o unilateral. Naturalmente, el tipo de contrato matrimonial escogido no sólo afecta su forma de terminación, sino que, endógenamente, también afecta la dinámica de pareja durante su vigencia.
Nótese, sin embargo, que en una pareja pueden existir problemas informativos que serán resueltos con el paso del tiempo. Ello hace que no necesariamente sea deseable tener contratos matrimoniales muy difíciles de disolver, algo que podría ocurrir si el único objetivo fuese proveer a las parejas de un instrumento de compromiso.
Estas consideraciones, y la evidencia empírica, llevan a plantearse cuál es el menú de contratos deseables. Por ejemplo, han aparecido propuestas para legislar matrimonios a término renovables. La idea es que en las condiciones actuales el contrato matrimonial no evita el divorcio. En este contexto, las separaciones tienen una alta prevalencia, y sería mejor entonces reducir significativamente sus costos, tanto económicos, como, aún más importante, psicológicos. Esto último se lograría si se pudiese crear una cultura en la cual se aceptase que la terminación de los matrimonios es algo natural y es parte normal de la vida.
En cambio, algunas parejas tienden a buscar mecanismos de compromiso alternativos dado que creen que el matrimonio con divorcio unilateral ya no proporciona suficiente compromiso. La demanda por "covenant marriages", que son procedimientos específicamente diseñados para hacer las rupturas matrimoniales mucho más costosas, es un ejemplo. Varios estados en Estados Unidos han promulgado este tipo de contratos matrimoniales. Nuevamente, vemos que existen demandas por distintos tipos de contratos matrimoniales.
Es posible también que sea deseable tener un menú de opciones y no un único tipo de contrato (aunque esto debería ser evaluado cuidadosamente pues podría ocurrir que la demanda de algunos contratos dependa, entre otras cosas, de su aceptación social, lo cual es endógeno). Ello reconocería que existe heterogeneidad en la demanda de compromiso y que un contrato único no es óptimo. Hay quienes han llevado este argumento al extremo planteando que se libere completamente el mercado matrimonial en el sentido de que las parejas puedan elegir todos los términos del contrato. Nos parece que, como mínimo, esta opción no tiene en cuenta los costos de hacer cumplir muchos contratos diferentes. Un menú de contratos nos parece un buen compromiso entre la libertad de elección y la necesidad de que el Estado haga cumplir los mismos.
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