21 de agosto 2008 - 00:00

Estado nunca podrá ceder la mayoría accionaria

Las comisiones de Transporte y Presupuesto y Hacienda aprobaron ayer el dictamen del proyecto de reestatización de Aerolíneas Argentinas. Pero ese texto no será el definitivo: en la sesión de hoy se seguirán introduciendo más modificaciones. Así, el proyecto final incluirá:

  • La orden al Poder Ejecutivo para que proceda al «rescate» de Aerolíneas Argentinas SA y Austral SA para «garantizar el servicio público de transporte aerocomercial de pasajeros, correo y carga». La operación se hará por compra de las acciones, pero no se ratifica el acta que a ese fin firmaron Ricardo Jaime, secretario de Transporte, y el Grupo Comet-Marsans.

  • El Tribunal de Tasaciones de la Nación realizará la valuación de las dos empresas, a fin de determinar el precio de compra.

  • Por una modificación introducida a pedido del economista de la CTA Claudio Lozano, se tomará el valor de la empresa al 15 de julio de este año y no al momento de transferir las acciones como establecía el acta acuerdo.

  • La Comisión Bicameral de Reforma del Estado y Seguimiento de las privatizaciones vigilará que las valuaciones contemplen la real situación patrimonial de las empresas y se ajusten a criterios técnicos acordes con el tipo de actividad que desempeñan.

  • El precio que se establezca deberá someterse a la aprobación del Congreso.

  • Se autorizará la cesión a los empleados de ambas compañías de hasta un máximo de 10% del paquete accionario de las respectivas empresas, en conformidad con el Programa del Propiedad Participada.

  • El Poder Ejecutivo podrá instrumentar los mecanismos necesarios a los fines de cubrir las necesidades financieras derivadas de los déficits operativos de las empresas hasta el 31 de diciembre de 2008, debiendo realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes e informar sobre dichas transferencias a la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y Seguimiento de las Privatizaciones.

  • No se aceptó autorizar la utilización de fondos públicos para aplicar a la compra de la empresa hasta que el Congreso apruebe el precio y el financiamiento, si hiciera falta, para la transferencia de las acciones.

  • Por eso, el monto de las asistencias financieras que se hicieron hasta ahora o las que se harán hasta la transferencia de las líneas aéreas para mantenerlas en funcionamiento podrán instrumentarse como aportes de capital o como créditos a favor del Estado nacional.

  • Para garantizar la transparencia de los procedimientos se podrá requerir la intervención de la Auditoría General de la Nación, además de solicitarse informes a cualquier otro organismo público.

  • También por pedido de Lozano se incluyó otro artículo que prohíbe al Estado, en cualquier caso, ceder la mayoría accionaria de la sociedad, la capacidad de decisión estratégica y el derecho de veto en las decisiones del directorio.
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