24 de julio 2014 - 00:00

Fantasmas y la RUFO

Fantasmas y la RUFO
Antes de opinar o tomar decisiones, especialmente en finanzas, hay que leer -y releer- la "letra chica". Por ejemplo, en la página S-18 (segundo párrafo) del Suplemento del Prospecto del canje de deuda argentina de 2004, encontramos lo substancial de la cláusula RUFO (que con el apoyo del 75% de los bonistas -lo que no parece un disparate- podría ser derogada): "Bajo los términos de los Par, Discount y Cuasi-Par, si llegada la expiración de la oferta hasta diciembre 31 de 2014, la Argentina realiza voluntariamente una oferta para comprar o canjear o solicita el consentimiento para alterar cualquier Título Elegible no licitado..." quienes canjearon tendrán el derecho a ser compensados por un monto equivalente a la mejora involucrada. Si bien cualquiera tiene la posibilidad de intentar iniciar un juicio contra el país, si creen que han sido violados sus derechos (aunque los costos, mínimo u$s 10 millones, y la lentitud del proceso sugieren que no serían "muchos"), el término "voluntariamente" es taxativo -lo que no ocurría con el "pari passu"- y tarde o temprano la Justicia le fallaría en contra. Aclarando más la situación, en la página S-60 (último párrafo) la Argentina excluyó específicamente a los tenedores de bonos canjeados de cualquier "acuerdo" futuro con los "holdouts" que no involucre nuevos títulos: "Los tenedores de los nuevos títulos (canjeados) tendrán el derecho a participar en cualquier oferta voluntaria, canje, oferta de compra o canje extendida o acordada con los tenedores de Títulos Elegibles no canjeados siguiendo la oferta como se describe más adelante...". Pasamos así al punto más interesante en la página S-69, donde (entre otras condiciones) se establece que para recurrir a la RUFO, los tenedores de bonos canjeados deben entregar un monto de títulos con un valor nominal equivalente al de los bonos que los originaron (se cita que para un reclamo de u$s 1.000 se deben entregar bonos por u$s 2.967). Más allá de los fantasmas que se agitan, es claro que la cláusula RUFO no se aplica si se paga la sentencia en efectivo, que muy pocos podrían hacer el reclamo judicial, y que este reclamo a los precios actuales del mercado sería un absurdo económico. El Dow retrocedió ayer un 0,16% a 17.086,63 puntos, y el S&P 500 marcó un récord.

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