11 de julio 2018 - 00:00

Fin para el “2 x 1”: rechazan planteo de represor Muiña

El caso paradigmático que originó el cuestionado fallo del "2 x 1" que podría haber beneficiado a represores condenados por delitos de lesa humanidad, tuvo ayer su epílogo con el rechazo de la Corte Suprema a tratar un recurso extraordinario de queja presentado por Luis Muiña, cuyo planteo había dado lugar a su eventual salida por el cómputo de los años en su condena. El vacío legal detectado en su momento por la mayoría del máximo tribunal y que derivó en una movilización en las calles en protesta a esa sentencia, quedó saldada con una ley especial del Congreso que anuló ese beneficio cuando hubiera violaciones a los derechos humanos.

Ahora, la Corte desestimó, por unanimidad, el recurso de queja interpuesto por la defensa de Muiña contra la resolución de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal que había rechazado su planteo fundado en que, a su entender, estaría siendo juzgado nuevamente por hechos por los que ya habría sido oportunamente condenado. Los ministros Lorenzetti, Highton de Nolasco, Maqueda, Rosatti y Rosenkrantz consideraron que el presentante omitió acompañar, en el marco del reglamento establecido por la Acordada 4/2007, las copias que son requeridas a los fines de la admisibilidad del recurso. Por una formalidad, la Corte envió la señal política de dar por tierra con cualquier posibilidad de beneficio en el caso que disparó la controversia.

A Muiña se lo investiga en la causa por haber participado, durante la última dictadura en los homicidios agravados del médico del Posadas Jorge Mario Roitman y del exempleado del Departamento de Estadísticas y Registros del mismo nosocomio, Jacobo Chester.

Además, la Corte lo intimó al pago del depósito judicial que requiere un recurso de queja. "Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día de notificada, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución", indicaron en la sentencia que condensa el rechazo que propinó la Corte para dar por cerrado este capítulo.

Dejá tu comentario