21 de mayo 2009 - 00:35

Flexibilizan el blanqueo de capitales

Ver resolución en ambito.com

La AFIP volvió ayer a flexibilizar el régimen de blanqueo a través de la resolución 2609, con la cual apunta a «facilitar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los contribuyentes y responsables, posibilitando la adecuada utilización de los beneficios acordados por la Ley 26.476».

El organismo comandado por Ricardo Echegaray estableció ahora que se contemple la posibilidad de regularización de las obligaciones del IVA derivadas de las prestaciones de servicios realizadas en el exterior. También incluye los importes a favor del fisco resultantes de pagos efectivizados en concepto de reintegros del IVA vinculados con operaciones de exportación, que resulten improcedentes.

Se extiende, además, el plazo para la presentación de las declaraciones juradas originarias y rectificativas de la Seguridad Social correspondientes al ejercicio fiscal 2008 y posteriores.

Entre los principales cambios se destacan:

Las tenencias de moneda local y/o extranjera en el país al 31 de diciembre de 2007 gozarán de los beneficios del blanqueo siempre que acrediten la correspondiente afectación aún cuando no se hubiera cumplido con el depósito requerido por la ley.

Las tenencias de moneda local y/o extranjera en el país podrán ser reafectadas hasta el 31 de agosto de 2009 a la realización de cualquiera de las inversiones contempladas en la ley. Pero la rectificación del destino implicará que si se hizo después de ingresado el impuesto especial del 6%, el declarante renuncia a toda acción de derecho por el diferencial entre la alícuota aplicada al destino original y al nuevo.

Si el nuevo destino fueran títulos públicos y se incumple con la obligación de mantenerlos por 24 meses, la rectificación importará la aceptación de la obligación de ingresar el monto hasta satisfacer el impuesto especial.

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