12 de marzo 2015 - 00:00

Guía de los cambios principales

El cambio al nuevo régimen será obligatorio a partir del 1 de julio. Antes habrá un período de pruebas y consultas.

Están obligados a adherirse todos los contribuyentes inscriptos en el IVA.

En el caso de los monotributistas, su inscripción dependerá de la categoría del contribuyente.

Las bajas del antiguo régimen se irán dando por sectores. El primer turno, desde julio, incluirá a colegios privados, medicina prepaga, alquiler de inmuebles y alquiler temporario con fines turísticos y transferencias onerosas de obras de arte.

A partir de enero de 2016 se sumarán productores de seguros, expensas, prestaciones de modelaje, leche, tabaco y pescado, subastas y remates, combustibles y transporte de caudales.

Para la emisión de las facturas electrónicas, los contribuyentes obligados podrán conectarse a los programas informáticos de gestión con el sistema del organismo (webservice) o a través de la página del organismo Afip.gov.ar con clave fiscal.

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