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Justicia anuló fueros para los mercodiputados
Lo hizo al revocar una resolución de primera instancia que rechazó la acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por Gerardo Milman contra el artículo 16 de la Ley Nº 27.120, que asimila en el derecho interno a los parlamentarios del Mercosur con los diputados nacionales.
Fallo unánime
Al resolver el tribunal destacó que lo que se encuentra en discusión en el caso son los atributos de aquellos que han de ser miembros del Parlamento del Mercosur. En la sentencia de la Cámara, dictada por unanimidad de sus miembros -Santiago H. Corcuera, Alberto R. Dalla Via y Rodolfo E. Munné- se ha entendido que las "inmunidades no son garantías individuales sino inmunidades propias de la función que la Constitución -y no la ley- concedieron de manera restrictiva a los legisladores nacionales y que -conforme el principio constitucional de igualdad (artículo 16)- todos los habitantes son iguales ante la ley, sólo cabe reconocer las inmunidades que la Constitución otorga a los integrantes de dicho poder en razón del cargo que desempeñan, no siendo pasibles de una interpretación extensiva". Agregando que "frente al análisis o interpretación de un privilegio, inmunidad o prerrogativa, la regla complementaria de interpretación que debe utilizarse es la 'restrictiva', ello así pues debe preservarse el [...] derecho a la igualdad consagrado en el artículo 16 de nuestro texto constitucional".
Antes del fallo, el primero en renunciar a estos fueros había sido el diputado nacional y precandidato a legislador por el Parlamento del Mercosur Alberto Asseff. "Me parece muy acertada la resolución de la CNE de quitar los fueros para los diputados del Parlasur porque ayuda a restaurar la credibilidad de la política. Yo había renunciado a esos fueros apenas fui confirmado como candidato. Tendría que extenderse esta resolución republicana y anular los fueros de todos los funcionarios electivos o ejecutivos", explicó el legislador nacional.

