12 de abril 2022 - 00:00

Los Hornos: Ramos Padilla reveló que fiscal nunca acusó por toma

El juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, aclaró que el fallo que archivó las actuaciones por una toma pacífica de terrenos fiscales en Los Hornos no se debió a que la ocupación se produjo “durante el día” sino porque no hubo acusación fiscal y el conflicto se encauzó en una Mesa de Diálogo con la anuencia del Estado Nacional, dueño del predio. “La idea que se difundió en torno a que la ocupación del predio de Los Hornos sería legal porque se hizo ‘durante el día’ es falsa y no responde a lo sostenido en el fallo”, indicó Ramos Padilla en una resolución aclaratoria firmada ayer.

“La información que se ha brindado del contenido del fallo es maliciosa e irresponsable”, insistió, y denunció que esa interpretación sólo genera “más distanciamiento entre el contenido de la resolución y lo que ‘dicen que dice’ la resolución”. “El horario en que las familias de los asentamientos linderos ingresaron por primera vez al predio nacional poco o nada tiene que ver con las consideraciones que llevaron a este juez a resolver el archivo de la presente causa”, aclaró Ramos Padilla, en una resolución de ocho páginas.

“Decir que el fallo otorga una ‘carta blanca’ para la toma de tierras o que las tomas hechas durante el día no son delito es un acto de irresponsabilidad que debe ser aclarado, porque se basa en premisas falsas”, repitió. La aclaratoria subrayó que en torno a la ocupación del predio, que es previa a su asunción como juez federal de La Palta, “no existía -ni existe hoy- acusación por parte del Ministerio Público Fiscal hacia ninguna persona a quien se le imputara la comisión de un delito”.

“Por el contrario, sólo se encontraba corroborada la existencia de cientos de familias de escasos recursos que viven y ocupan el predio del Estado Nacional que fue cedido parcialmente para llevar adelante un proyecto de urbanización a través de los órganos administrativos pertinentes”, puntualizó. El punto no es menor, ya que según la resolución, “los jueces únicamente pueden actuar si existe impulso previo por parte del Ministerio Público Fiscal en el que debe identificarse a quienes se considera responsables de la comisión de algún delito previsto en la ley”, lo que no ocurrió en este caso.

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