La Justicia resolvió, disponiendo la prisión de Carlos Menem y Domingo Cavallo, el pleito por el predio donde se realizan las exposiciones de la Sociedad Rural en el barrio porteño de Palermo, donde se imputó al expresidente de vender “a precio” vil los terrenos, en 1991.
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Menem y Cavallo ya tienen condena por venta de la Rural
El Tribunal Oral Federal (TOF) 2, en la causa que arrancó en 1999, condenó a más de tres años de prisión a Menem y a su ex ministro de Economía, pero no irán presos porque la sentencia no está firme y en particular el exmandatario ocupa una banca en el Senado que le otorga inmunidad de arresto.
Los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y José Michelini condenaron a Menem y Cavallo por la venta del predio ferial de Palerno en $30 millones que, por la convertibilidad de entonces equivalían a u$s30 millones, mientras que se calculó que el valor de mercado sería de $131.800.000, como base.
El Tribunal en cambio absolvió a los directivos de la Sociedad Rural que eran juzgados y a los tasadores.
Menem fue condenado por peculado a tres años y nueve meses de prisión y Cavallo a tres años y seis meses por considerarlo “partícipe necesario” del delito de peculado, y ambos fueron inhabilitados de por vida a ejercer cargos públicos.
Las penas son de cumplimiento efectivo, pero aún no se concretarán porque no están firmes, ya que serían apeladas ante la Cámara Federal de Casación Penal.
Como Menem, en caso de ratificarse la pena, no iría preso por ser senador, los jueces dispusieron que si la condena queda firme se pida su desafuero y que se ordene la detención del exministro de Economía.
El TOF 2 difundirá los argumentos del fallo el próximo 28 de mayo, pero se supo que sus tres integrantes estuvieron de acuerdo en condenar al ex mandatario y a su ex funcionario, con diferencias al momento de fijar el plazo de la pena.
En el fallo también condenaron a Matías Ordóñez y Gastón Figueroa Alcorta, exintegrantes de la Comisión de Venta de Inmuebles Estatales del Ministerio de Economía, a tres años de ejecución en suspenso.
En junio pasado tuvo lugar el juicio oral donde se acusó a los demandados de sustraer “de la esfera de la administración pública del Estado Nacional” el Predio Ferial de Palermo, mediante el expediente 25.587/88 donde se autorizó la venta directa por decreto presidencial número 2699, del 20 de diciembre de 1991. Además se consideró que se perfeccionó la traslación de dominio por el boleto de compraventa celebrado entre Cavallo y los representantes de la Sociedad Rural Argentina, en lo que se consolidó como una venta directa que transmitió, de acuerdo a la justicia, “en forma ilícita a particulares” la titularidad del bien de dominio público.


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