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Monotributo, al Congreso en 7 días
En líneas generales, el nuevo esquema aumenta el tope de facturación anual para los contribuyentes dedicados a los servicios de $ 72.000 a $ 200.000 y de $ 144.000 a $ 300.000 para los bienes. Además, eleva el aporte jubilatorio mensual de $ 35 a $ 110 y el de la cuota de obras sociales, de $ 46,75 a $ 70.
Para las nuevas categorías que se crean (las más altas del régimen) se amplía también el componente impositivo, con lo cual la cuota mensual puede llegar hasta $ 2.880.
Este fuerte aumento hace que para algunos monotributistas sea más conveniente pasar a ser Responsables Inscriptos. La decisión de permanecer en el régimen simplificado igualmente se da porque los costos administrativos son muy inferiores.
La idea avanzada de introducir reformas a un régimen que se mantuvo estático durante una década tomó fuerza en octubre del año pasado. Cuando parecía que la presentación ante el Congreso era inminente, la discusión se fue demorando y el proyecto se modificó en algunos puntos que contadores y abogados señalaron.
Por ejemplo, se prorrogó la suspensión del régimen de retenciones de IVA y Ganancias para que lo apliquen los clientes de los monotributistas cuando la facturación supera los montos vigentes para permanecer en la categoría. El sistema, según señalaron expertos, es muy complejo, por lo que la AFIP decidió que quedará en suspenso hasta que se apruebe el proyecto de reforma.
Para tomar estas medidas, Echegaray mantuvo contactos fluidos con representantes del Consejo Profesional de Ciencias Económicas y de la UBA para hacer los últimos retoques. Tanto que a casi un año de comenzado, ya no se espera que se introduzcan nuevos cambios hasta que se gire el texto al Congreso. Un punto importante es el de la exclusión automática para monotributistas. Según el proyecto, «en los casos en que la AFIP constate alguno de los supuestos que determinan la exclusión de pleno derecho, procederá a inscribir de oficio a los sujetos en el régimen general de los tributos -impositivos y de los recursos de la seguridad social-».

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