20 de enero 2010 - 00:00

Polémico fallo preocupa a la comunidad judía

En un fallo al menos polémico, y que provocó la reacción de la comunidad judía local, la Sala Primera de la Cámara Federal porteña dictaminó que calificar de «judío de mierda» a una persona y gritar en público que «Hitler los tendría que haber matado a todos» no constituye delito de discriminación racial, tal como está tipificado en la Ley 23.592, que pena los actos racistas, xenófobos y discriminatorios.

El dictamen de la Justicia fue tratado con gran preocupación ayer en la reunión de la directiva de la AMIA, cuyos abogados fueron sorprendidos por la noticia divulgada por la agencia DyN, y aguardaban que éstos se hicieran del dictamen para decidir si tomaban alguna medida (judicial o política).

En diálogo con este diario, Aldo Donzis, presidente de la DAIA, admitió estar enterándose a través del periodista, y dijo que «el fallo es por lo menos sorprendente», pero se excusó de opinar: «Primero lo verá nuestro departamento jurídico y después nos expediremos; sería poco serio hacer lo opuesto».

Por su parte, Carlos Frauman, presidente de la Organización Sionista Argentina, afirmó: «Para quienes sufrimos la pérdida de familiares en la Shoá es un agravio a la memoria de las víctimas y un insulto a los que estamos vivos. Parece que es posible llamar a alguien judío hijo de puta y no pagar precio alguno. Es casi decretar que los judíos argentinos somos presa libre para los antisemitas, y nos hace recodar épocas en las que no creíamos volver a vivir».

Origen

El hecho se produjo el 1 de julio de 2009 en el restorán I Fresh Market -que hoy ya no existe- en la ribera este de Puerto Madero. Tuvo su origen en una disputa entre un agente de viajes y uno de sus clientes, quien -en el marco de un reclamo por un supuesto incumplimiento por venta de pasajes por parte del agente- lanzó frases claramente antisemitas: «Judío hijo de puta»; «Sos un garca igual que tu familia y todos los judíos»; «Hitler los tendría que haber matado a todos». Cuando el agredido amenazó a su cliente con denunciarlo por racista, éste (cuya identidad no trascendió) respondió: «Si querés denunciarme por xenófobo y odio a los judíos..., sí, soy antisemita y xenófobo..., no me importa nada, yo fumo dentro de un tanque de nafta. Mañana quiero la plata».

Fundamentos

En este caso, los jueces Eduardo Freiler y Eduardo Farah -los miembros de la Cámara que suscriben el fallo- no parecen haber adherido al principio de que «a confesión de parte relevo de prueba» y determinaron que el acusado debe ser juzgado sólo por el delito de amenazas y no por discriminación, que tiene una pena que llega a los tres años de prisión. En sus fundamentos, los magistrados dicen que se trató apenas de «un aislado comentario discriminatorio», por lo que se lo deberá juzgar por «amenazas» en la Justicia porteña y no en el fuero federal.

Los jueces parecen haber dejado de lado el hecho de que el agresor también habría incurrido en apología del delito, al haber exaltado la figura de Adolf Hitler y preconizar la continuación del Holocausto hasta terminar con todos los judíos, tarea que el jerarca nazi habría dejado «incompleta», según sus propias expresiones.

«El contenido de las frases, por más repudiable que sea, representó un modo de exteriorizar el descontento devenido de relaciones comerciales y se enmarcó, en verdad, en una eventual amenaza», se lee en el fallo.

Así, Freiler y Farah fundamentan su dictamen en que la persecución y el odio racial «no se configuran con un aislado comentario de corte discriminatorio, salvo que éste se hubiese encaminado a animar, dar vigor, mover o estimular a la persecución o el odio contra una persona o un grupo de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas».

Sergio Dattilo

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