27 de junio 2014 - 00:00

Se complica el Gobierno con ley de responsabilidad

El proyecto de ley para limitar la responsabilidad civil del Estado frente a actos u omisiones de sus funcionarios nació en medio de un conflicto. Fue cuando el Gobierno eliminó ese capítulo del actual Código Civil y, frente a la protesta de la oposición, lo envió dentro de una ley autónoma que, en el fondo, limita de todas formas la posibilidad de demandar al Estado por los errores que cometen sus funcionarios.

El proyecto empezó complicado y terminará de la misma forma la semana próxima en el Senado. La oposición, que viene cuestionando esa idea como un intento de blindar funcionarios más allá del fin del actual mandato presidencial y al Estado de futuros juicios, anunció que en el Senado presentará batalla en contra del tema, aunque no tenga número suficiente para bloquear la votación.

Ayer lo definió Gerardo Morales, presidente del bloque UCR del Senado que encabezará la oposición en la sesión que se convocó para el próximo miércoles para debatir ese tema: El proyecto del kirchnerismo tiene un único objetivo: materializar la impunidad de los funcionarios de este Gobierno, uno de los más corruptos de la historia.

Para los radicales, la denominada ley de responsabilidad del Estado es el mecanismo por el cual el oficialismo conseguirá deslindar de todo tipo de responsabilidad a los agentes y funcionarios públicos, vulnerando principios establecidos en el Código Civil vigente y con el trato uniforme en todo el país y para todos los niveles: Nación, provincias o municipios.

Más allá de la protesta de la oposición, algunos kirchneristas en el Senado tambien dudan del proyecto y por dos vías distintas: tanto la estrategia legal de separar ese tema del debate del Código Civil, como de la limitación de responsabilidad en sí misma.

Además, habrá un duro debate en particular sobre la eliminación de las sanciones pecuniarias, multas o descuentos de sueldos que actúan actualmente como medidas coercitivas para los funcionarios que incumplan con fallos o resoluciones judiciales.

Así, el proyecto legisla sobre la responsabilidad del Estado por los daños que su actividad o inactividad produzca a los derechos o patrimonio de las personas .

• El Estado no responde por los perjuicios ocasionados por concesionarios de servicios públicos.

• Regula las demandas que un particular puede ejercer por actividad o inactividad del Estado si se vieran afectados sus intereses en armonía con los intereses públicos.

• Quedan exceptuados aquellos casos en los que el Estado haya elegido mal al concesionario o no haya realizado un control adecuado sobre la prestación del servicio en cuestión.

• En una modificación que se introdujo en comisión se amplió de dos a tres años el plazo que tiene cualquier ciudadano para demandar al Estado por daños ocasionales.

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