23 de agosto 2012 - 00:00

Se garantiza a countries mantener barreras y calles

Agustín Rossi, atento ayer a la sesión de expropiación de la ex Ciccone, negó que existiera un proyecto para abrir las barreras de countries y barrios cerrados, alegando que sus dichos en la Bicameral del Código Civil fueron tergiversados.
Agustín Rossi, atento ayer a la sesión de expropiación de la ex Ciccone, negó que existiera un proyecto para abrir las barreras de countries y barrios cerrados, alegando que sus dichos en la Bicameral del Código Civil fueron tergiversados.
Julio Alak insistió ayer hasta el hartazgo negando la existencia de cualquier disposición en el Código Civil que atente contra los derechos de uso exclusivo de los propietarios de countries y barrios cerrados. En verdad, el ministro no hizo otra cosa que repetir lo que dice el nuevo Código Civil al consolidar los derechos reales de los propietarios de ese tipo de urbanizaciones. La realidad es que había sido el santafesino Agustín Rossi quien se opuso a ese nuevo artículo alegando que no se puede propiciar la creación de barrios cerrados, sino de los abiertos, y revelando la existencia de un anteproyecto para regular el uso de las tierras comunes de esparcimiento y la apertura de calles y barreras en algunos emprendimientos que gira por los pasillos del Ministerio de Planificación. Es una idea similar a la que se aplica en Rosario para el casco urbano, donde no se pueden realizar barrios cerrados, que Rossi también explicó para justificar su oposición a la existencia de urbanizaciones cerradas.

«Hay una campaña insólita, cerril e irracional contra el proyecto de un nuevo Código Civil y Comercial. Es un verdadero disparate lo que se está aseverando», dijo ayer Alak.

El ministro afirmó, entonces, que el nuevo Código Civil, de donde no debería haber salido la discusión, en realidad «establece exactamente lo contrario, la consolidación del derecho a propiedad de quienes compran hoy un lote de terreno en esos lugares no sólo como derecho privado sino como derecho público, porque establece también que la localización debe ser aprobada por los gobiernos provinciales y municipales en los lugares más aptos que, por ejemplo, no sean inundables».

Quedó claro que ese artículo permanecerá en el Código Civil, ahora más que nunca. Tras el revuelo que produjeron las declaraciones de Rossi, el propio ministro ratificó la idea de garantizar los derechos reales sobre los espacios comunes y guardas en countries tal como está en el nuevo Código. No era para menos en un Gobierno que debe enfrentar una caída en el mercado inmobiliario, producto del cepo cambiario, y que sabe que las inversiones en ese negocio en las áreas del conurbano funcionan casi con exclusividad en countries y barrios cerrados.

El propio Rossi aclaró: «Interpretaron mal lo que dije ayer. Quisieron generar temor en algún sector de la sociedad».

Y él mismo insistió: «No hay ninguna intención en el Gobierno» de abrir los countries, aunque indicó que «no es un tema nuevo en la discusión política argentina».

Escozor

El problema es que Rossi personalmente está en contra de esas urbanizaciones y sigue insistiendo con esa idea, lo que produce escozor inclusive en parte del oficialismo: «Los countries no fueron una buena respuesta de la sociedad. Muchísimos countries han interrumpido la trama urbana de las ciudades».

Lo cierto es que desde el artículo 2073, donde comienza el capítulo de «Conjuntos Inmobiliarios», el nuevo Código incorpora el tratamiento de los «clubes de campo, barrios cerrados o privados, parques industriales, empresariales o náuticos o cualquier otro emprendimiento urbanístico independientemente del destino de vivienda permanente o temporaria, laboral, comercial o empresarial que tenga».

El Código asimila, entonces, el tratamiento de los derechos reales sobre las «partes, lugares y bienes comunes», que hasta ahora no tenían tratamiento explícito en el Código Civil, así como también el reconocimiento de las calles, plazas y zonas comunes como propiedad colectiva de la urbanización. Es decir, se garantizan los countries un régimen propio específico que hasta ahora regía sólo por aplicación de normas supletorias.

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