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Tras la ley de medios, irá al Congreso nuevo monotributo
RICARDO ECHEGARAY ESPERA RECAUDAR EL AÑO PRÓXIMO $ 500 MILLONES MÁS POR LOS AUMENTOS EN LAS CUOTAS
Ricardo Echegaray
El proyecto del nuevo monotributo del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, trascendió a fines del año pasado y fue discutido con contadores, economistas, empresarios y la CGT hasta cerrar la versión que se giró al Ministerio de Economía hace ya un mes.
En líneas generales, con los cambios que se desean introducir aumenta un 86% el pago mínimo de los monotributistas, dado por una suba en los aportes previsionales y a las obras sociales. Se pasa de $ 35 a $ 110 en el monto destinado a la salud, y de $ 46,75 a $ 70 en el de la jubilación. Es decir que los empleados en relación de dependencia que además están inscriptos en este régimen no verán cambios, ya que no pagan los conceptos que tuvieron aumentos.
Los topes de la facturación fueron ampliados de $ 72.000 anuales a $ 200.000 para quienes prestan servicios profesionales o locaciones, y de $ 144.000 a $ 300.000 para las operaciones con bienes.
Revisados
Estos aumentos fueron revisados por cámaras que agrupan a contadores, ya que se generaban dudas porque los máximos a pagar según el nuevo monotributo hacen que en algunos casos para el contribuyente llegara a ser más conveniente ser responsable inscripto. Sin embargo, se concluyó que los costos administrativos del régimen simplificado hacen más atractivo permanecer en esas categorías que pasar al régimen general.
Otro cambio es que las cuotas mensuales llegarán hasta los $ 2.880, cuando las superiores hoy no alcanzan a $ 590.
La cuota mínima es una de las más afectadas, ya que sería de $ 213, mientras que hoy es de $ 115. Además, se agregan tres categorías en el nivel superior de facturación, que deberán tener hasta tres empleados a cargo.
Un cambio sustancial que también incluye el proyecto es que cuando la AFIP constate alguno de los supuestos que determinan la exclusión de pleno derecho, procederá a inscribir de oficio a los sujetos en el régimen general de los tributos, impositivos y de los recursos de la seguridad social.
Involucrados
Por ejemplo, esta decisión caerá sobre los contribuyentes cuando adquieran bienes o realicen gastos de índole personal por un valor incompatible con los ingresos declarados, o cuando los depósitos bancarios resulten incompatibles con ingresos declarados y en tanto éstos no se encuentren debidamente justificados por el contribuyente a los fines de su categorización.
Si el proyecto es aprobado y a partir de 2010 comienza a regir, la AFIP tendrá la facultad de modificar una vez al año los montos máximos de facturación, de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría, así como las cotizaciones previsionales fijas, en una proporción que no podrá superar el índice de incremento del salario mínimo vital y móvil, o del índice de movilidad de las prestaciones previsionales.

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