La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cargo de Mercedes Marcó del Pont, aseguró que la inscripción al programa Repro II estará habilitado hasta el 28 de noviembre de 2021, inclusive. Y será a través del sitio web de la AFIP.
Repro II.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cargo de Mercedes Marcó del Pont, aseguró que la inscripción al programa Repro II estará habilitado hasta el 28 de noviembre de 2021, inclusive. Y será a través del sitio web de la AFIP.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
El Programa de Recuperación Productiva II es una herramienta diseñada por el Gobierno para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas en el marco de la pandemia del Covid-19. La asistencia consiste en el pago de una suma mensual a los trabajadores a cuenta de sus correspondientes remuneraciones.
Podrán iniciar la solicitud para obtener el beneficio por los salarios del mes de octubre de 2021 las empresas del sector privado que realicen actividades afectadas en forma crítica o no crítica y las del sector salud. Entonces, tendrán la posibilidad de acceder al beneficio los empleadores que:
Para determinar la nómina de personal y el monto de los salarios se considerará como referencia al mes de octubre de 2021. En tanto, para el cálculo de la variación interanual de la facturación, la normativa dispone que se utilicen los datos correspondientes a los meses octubre de 2019 y octubre de 2021.
No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019. Y los índices de endeudamiento y liquidez corriente serán los que resulten al 30 de septiembre de 2021. Además, el corte de actualización CBU será el 20 de noviembre, inclusive.
Quienes realicen actividades afectadas en forma crítica podrán obtener, además, el beneficio de reducción de las contribuciones patronales con destino al SIPA.
Los montos del beneficio que perciben directamente los trabajadores de cada empresa dependen del sector:
Dejá tu comentario