La Cámara Federal de Casación Penal aumentó las penas impuestas al empresario Omar Chabán y al cantante Patricio Santos Fontanet por el incendio del boliche República Cromañón, que dejó un saldo de 194 víctimas fatales el 30 de diciembre de 2004.
El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.
En forma unánime, los jueces Eduardo Riggi, Mariano Borinsky y Liliana Catucci decidieron aumentar las penas de Chabán, Fontanet y casi todos los demás acusados, salvo la de los tres ex funcionarios del Gobierno porteño, a quienes le confirmaron las condenas.
No obstante, por lo pronto ninguno de los condenados irá detenido y la Corte Suprema de Justicia será la que tenga la última palabra. Chabán, ex gerenciador de Cromañón, recibió una pena de diez años y nueve meses de prisión, en tanto que Pato Fontanet, ex líder del grupo Callejeros, fue condenado a siete años.
Así lo resolvió la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal en el marco de la causa por el incendio que provocó 194 muertes el 30 de diciembre de 2004 en el local de Once.
Ante la Corte Suprema de Justicia, las partes ya apelaron la calificación de los hechos y ahora se sumarán los recursos por el monto de las penas, por lo que en un plazo no definido (se estima en no menos de un año por los tiempos que suele barajar el Tribunal) deberá expedirse sobre esas dos cuestiones.
Chabán había sido condenado a ocho años de prisión, y Casación aumentó la pena a diez años y nueve meses, por el delito de incendio culposo seguido de muerte en concurso con cohecho activo. Por la misma calificación, al ex líder de Callejeros, Patricio Santos Fontanet le subieron la condena de cinco a siete años de prisión.
Las nuevas penas se ajustan al pedido de elevación de condenas del fiscal ante la Casación Raúl Pleé, aunque éste había pedido once años para todos los acusados.
Los jueces valoraron el voto de la jueza Catucci, quien sostuvo que existió una "culpa temeraria con la que obró Chaban, con conocimiento de todos los factores de riesgo; el lucro que guiaba su accionar; su experiencia en la realización de este tipo de eventos; el claro menosprecio por la vida humana demostrado en su actitud posterior al hecho -se retiró sin brindar ayuda alguna-; como asimismo el inconmensurable daño causado hacia las personas que concurrieron a su local, lo ubican en el máximo de la escala penal aplicable".
"Dentro de la escala penal aplicable, la gravedad del injusto por su concreta actuación y la pluralidad de resultados en el caso del incendio como así también la reiteración de conductas delictivas en el cohecho, nos ubica dentro del máximo de la escala penal aplicable", añadieron. Sobre los Callejeros, el Tribunal no sólo agravó las penas sino que además dispuso que -en caso de confirmarse- sean efectivas: "es que estamos convencidos que la magnitud del hecho que nos ha tocado juzgar y por el cual estos imputados han sido condenados no permite de ninguna manera imponer una pena de ejecución condicional, aún cuando se trate de la primera".
Fontanet fue el más perjudicado del grupo ya que su situación -según los jueces- "es la más grave de todos los miembros de la banda" porque "su posición de líder, miembro fundador y cara visible del grupo le daba un mayor predicamento en el conjunto y especialmente sobre sus fans".
"Era el cantante, arriba del escenario, con el micrófono en la mano. Bastaba que se negara él para que el recital no empezara", según los jueces.
En cuanto al ex mánager de la banda, Diego Argañaraz, le confirmaron la pena de cinco años, y por más que "el rol de mánager lo ubique un poco por encima del resto de los integrantes de la banda" tuvo una "buena impresión" en una audiencia previa ya que se "mostró como un adulto responsable, en lo inherente a su situación frente al proceso, como asimismo respecto a su familia y proyecto de vida".
Al otro ex callejero que le subieron las penas fue al ex baterista Eduardo Vázquez (preso acusado del homicidio de su mujer Wanda Taddei), de cuatro a seis años: "si bien su situación es parecida a la del resto de sus compañeros, ese mayor peso dentro de la banda que detalló el tribunal eleva el marco de su responsabilidad".
A los callejeros Maximiliano Djerfy, Elio Delgado, Christian Torrejón, Juan Carbone les impusieron penas a cada uno de cinco años de prisión, salvo a Daniel Cardell, quien tenía una pena de dos y le subieron a tres. Djerfy había sido condenado a dos años y seis meses al igual que Delgado, Carbone y Torrejón tenía tres años.
Al ex encargado de seguridad de Cromañón, Raúl Villarreal, le confirmaron la condena de seis años de prisión: "notamos que con esta pena, existe un justo equilibrio entre el rol que hubo de desempeñar Villarreal en el local y la circunstancia de que no dejaba de ser un subordinado de Chaban, extremo que se aprecia claramente a poco que se repara en el quantum de la sanción", dijeron los jueces.
También confirmaron las penas a los ex funcionarios del Gobierno porteño, Fabiana Fiszbin de cuatro años; a Ana María Fernández de tres años y seis meses; y a Gustavo Torres de tres años y nueve meses; y a todos ellos por el delito de omisión de deberes de funcionario público en concurso ideal con incendio culposo seguido de muerte.
Al ex subcomisario Carlos Rubén Díaz, acusado de recibir coimas para permitir el funcionamiento irregular del local, le aumentaron la pena de seis a ocho años de cárcel por "ser autor penalmente responsable de los delitos de incendio culposo seguido de muerte en concurso real con el delito de cohecho pasivo".
Todos los acusados habían recibido penas mayores en un juicio que culminó el 19 de agosto de 2009 por parte del Tribunal Oral Criminal Nº 24, pero la Casación al año siguiente modificó la calificación de estrago doloso a culposo, por lo que se volvieron a imponer nuevas condenas sobre las cuales ahora se expidió la Sala III. Ahora, la Corte Suprema tendrá que revisar qué delito se imputa a cada uno de los acusados así como también el monto de las penas impuestas.
Dejá tu comentario