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19 de febrero 2010 - 15:07

Condenan a empresa de seguridad porque falló la alarma

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Una empresa privada de seguridad fue condenada a indemnizar a los dueños de un restaurant y a abonar hasta lo consumido por los comensales que estaban cenando, porque la encargada del salón no pudo accionar la alarma por una falla cuando estaban siendo asaltados.

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La sentencia la dictó la Sala C de la Cámara que impuso a la empresa de seguridad la obligación de indemnizar a la propietaria de un restaurante de la localidad bonaerense de Pilar que cuando intentó dar aviso a la policía, por el robo, no pudo hacerlo porque falló la alarma instalada.

Los camaristas Bindo Caviglione Fraga, Miguel Bargalló y Angel Sala recrearon los hechos ocurridos en diciembre de 2001 cuando varios delincuentes armados ingresaron al salón y se apoderaron del dinero de los comensales, quienes no pudieron pagar sus consumiciones.

Los jueces condenaron a la empresa a indemnizar con $ 11 mil, que se corresponde al dinero robado, a la dueña del local y a las consumiciones de los comensales, que no pudieron abonarlas.

Según la sentencia, la indemnización es por "daño moral" y "pérdida de chance" ya que la clientela del local disminuyó por temor a un posible robo futuro.

Los camaristas tuvieron por "acreditado que el sistema de alarma no funcionaba correctamente y que la demandada (la empresa de seguridad) no había cumplido con el contrato", sostuvieron los magistrados.

En ese sentido, añadieron que "si bien el servicio de alarma no importaba la convención de una obligación del resultado que implicara evitar cualquier atraco o asalto, no era menos cierto que el defectuoso sistema electrónico de alerta remoto impidió cualquier reacción y truncó el desarrollo de medios para propender a la seguridad contratada.

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