Los nuevos topes de ARCA buscan garantizar la transparencia en el sistema financiero.
Mariano Fuchila
LaAgencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció nuevos límites para las transferencias entre cuentas propias, a partir de abril de 2026. Aunque no existe un monto máximo para mover dinero entre cuentas del mismo titular, los bancos y billeteras virtuales deben informar a ARCA cuando superen ciertos montos, ya sea para personas físicas o jurídicas.
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Este control no prohíbe las transferencias, pero activa un sistema de reportes automáticos, que pueden derivar en pedidos de justificación sobre el origen de los fondos.
Cuánto dinero se puede transferir entre cuentas propias en abril 2026, según ARCA
ARCA fijó montos de referencia que, al ser superados, obligan a las entidades financieras a reportar los movimientos al organismo. Estos límites se aplican al total acumulado de ingresos y egresos en todas las cuentas durante el mes, no a una sola transferencia puntual.
Para personas físicas, el tope es de $50 millones mensuales. Si la suma de todas las transferencias entre cuentas propias supera este monto, el banco debe informar a ARCA los datos del titular, el número de cuenta, el CBU o CVU y los montos operados.
En el caso de personas jurídicas, el límite es de $30 millones mensuales. Al igual que con las personas físicas, el exceso de este monto activa un reporte automático.
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Estos topes también se aplican a otros movimientos financieros, como:
Extracciones en efectivo: se informan desde $10 millones (tanto para personas físicas como jurídicas).
Saldos bancarios al cierre de mes: se reportan desde $50 millones (personas físicas) y $30 millones (personas jurídicas).
Transferencias en billeteras virtuales: los mismos límites que para cuentas bancarias.
Plazos fijos: se informan desde $100 millones (personas físicas) y $30 millones (personas jurídicas).
Qué pasa si se superan los montos definidos por ARCA
ARCA
Superar los límites establecidos por ARCA no implica una sanción automática, pero puede activar un proceso de análisis más profundo por parte del organismo. En estos casos, el contribuyente podría recibir un pedido de información para justificar el origen de los fondos.
El problema más común no es el monto en sí, sino la falta de respaldo documental. ARCA puede exigir comprobantes que expliquen el origen del dinero, como declaraciones juradas, facturas, contratos o cualquier documentación que respalde la operatoria. Si el contribuyente no puede justificar los movimientos, el organismo puede iniciar un proceso de fiscalización que, en casos extremos, deriva en bloqueos temporales de cuentas o reportes a la Unidad de Información Financiera (UIF).
Es importante destacar que el control no se aplica a transferencias puntuales, sino al total mensual acumulado. Por ejemplo, si una persona realiza múltiples transferencias entre sus cuentas que, en conjunto, superan los $50 millones, el banco deberá reportarlo, aunque cada movimiento individual sea menor.
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La clave para evitar problemas es mantener un respaldo documental que justifique el origen de los fondos, especialmente en operaciones de alto monto. Si se superan los límites, lo más probable es que ARCA solicite información adicional.
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