El Gobierno porteño entregó una guía de trámites donde se detalla la forma para reclamar los subsidios. Los damnificados por el temporal que azotó esta capital en las últimas horas podrán iniciar a partir de mañana miércoles el trámite de obtención de un subsidio, acudiendo a los Centros de Gestión y Participación Ciudadana (CGPC), para lo cual deberán cumplir con los requisitos que marca la Ley 1575 de la Ciudad de Buenos Aires.
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1) Podrán tramitarlo todas aquellas personas afectadas en
a) Bienes inmuebles.
b) Bienes muebles registrables.
c) Bienes muebles.
2) Presentar la solicitud en:
a) Centros de Gestión y Participación Comunal (CGPC) correspondiente al domicilio del damnificado en el horario de 9 a 18,
b) Av. Regimiento de los Patricios 1142 PB, en el horario de 8 a 18.
3) Hacerlo dentro de los 7 días de ocurrido el hecho. Si el vencimiento fuera en día inhábil, se recibirán las solicitudes hasta el primer día hábil siguiente.
4) Presentar el certificado de libre deuda por ABL (para inmuebles) y patente (por vehículos). Si están al día con los impuestos, no será necesario que concurran a Rentas para solicitar las certificaciones de libre deuda.
5) El formulario de solicitud de subsidio debe estar firmado por el titular en original y duplicado. La presentación en mesa de entradas de la documentación y los formularios puede realizarla cualquier persona.
6) Se deberá acompañar la siguiente documentación:
Por inmuebles
a) Original y fotocopia del DNI del solicitante
b) Título original de propiedad y fotocopia
c) De no ser el ocupante, el titular del inmueble, deberá acreditar la ocupación legítima del mismo. (Contrato de Alquiler, etc.)
d) Certificado de libre deuda expedido por la Dirección General de Rentas (no es válido el que se obtiene por página web). Dicho comprobante debe ser presentado dentro del plazo de 15 días de iniciado el trámite
e) Habilitación Municipal en caso de actividades que así la requieran.
f) Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para acreditar los requisitos establecidos en la norma
Por bien mueble registrable: (automotores, etc.)
a) Original y fotocopia del DNI del solicitante
b) Título original del bien afectado y fotocopia
c) Constancia de libre deuda expedido por la Dirección General de Rentas (no es válido el que se obtiene por página web). Dicho comprobante debe ser presentado dentro del plazo de 15 días de iniciado el trámite
d) Acreditar el motivo por el cual dicho bien se encontraba en la zona de la inundación o anegamiento
e) Cualquier otra prueba documental que juzguen necesaria para acreditar los requisitos establecidos en la norma
Por bienes muebles
a) Original y fotocopia de DNI del solicitante
b) Inventario de Bienes muebles, suscripto por Contador Público con certificación del daño verificado.
Direcciones y teléfonos de los 15 CGPC:
Nº 1 Uruguay 740 Tel 4373-1899 / 4373- 6374
Nº 2 Uriburu 1022 Tel 4827-5956
Nº 3 Junín 521/523 Tel 4375-0644
Nº 4 del Barco Centenera 2906 Tel 4918-2243 / 4301-3867
Nº 5 Sarandí 1273 1º piso Tel 4305-2878 / 4306-0947
Nº 6 Díaz Vélez 4558 Tel 4981-5291 / 4981-8187
Nº 7 Rivadavia 7202 Tel 4611-1765 / 4613-1530
Nº 8 Roca 5252 Tel 4605-2631 / 4605-1735
Nº 9 Timoteo Gordillo 2212 Tel 4687-6251 / 4686-2115
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