El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) actualizará en octubre el límite de ingresos utilizado para determinar quiénes pueden solicitar medicamentos ambulatorios con cobertura del 100% mediante el subsidio por razones sociales. La modificación responde al aumento del haber mínimo previsional de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), que funciona como referencia para calcular este beneficio.
PAMI establece que los ingresos deben ser menores a 1,5 haberes mínimos y, en los hogares con CUD, menores a tres haberes mínimos. Hasta septiembre, el límite era de $642.949,80 para la mayoría de los afiliados y de $1.285.899,60 para los hogares con CUD.
El nuevo límite de ingresos para acceder al beneficio
El parámetro que aplica PAMI está directamente vinculado con el haber mínimo previsional. Para octubre, el monto de referencia va a ser de $435.748,51. Al multiplicarlo por 1,5, obtenemos el nuevo límite de $653.622,77 para los afiliados que buscan acceder al subsidio social.
En los hogares donde el afiliado o una persona conviviente tiene CUD, el cálculo se realiza sobre tres haberes mínimos. Entonces, el tope será de $1.307.245,53 mensuales.
Superar el límite no significa que el afiliado quede automáticamente sin ninguna cobertura en medicamentos. El Programa de Medicamentos PAMI contempla distintos porcentajes según el tipo de tratamiento. Para medicamentos de uso eventual, el descuento es del 40%, mientras que para determinadas patologías crónicas y agudas la cobertura puede ubicarse entre el 50% y el 80%.
Además, existen tratamientos que tienen cobertura del 100% por sus propias características. Entre ellos aparecen medicamentos para diabetes, tratamientos oncológicos y oncohematológicos, hemofilia, VIH, hepatitis B y C, trasplantes, artritis reumatoidea, osteoartritis e insuficiencia renal crónica, entre otros.
Los requisitos que PAMI mantiene para la cobertura total
El ingreso mensual es solamente uno de los requisitos del subsidio social. PAMI también establece condiciones vinculadas con el patrimonio y la cobertura médica del solicitante. Para acceder al régimen, el afiliado no debe estar afiliado a una empresa de medicina prepaga ni poseer más de un inmueble. Tampoco puede ser titular de aeronaves o embarcaciones de lujo ni tener activos societarios que evidencien capacidad económica plena.
Otro de los criterios está relacionado con los vehículos. El solicitante no puede tener un auto de menos de diez años de antigüedad. Esta condición tiene una excepción cuando el afiliado o un integrante de su grupo conviviente cuenta con CUD. El subsidio está destinado a quienes no pueden afrontar el costo de sus tratamientos con los descuentos habituales.
PAMI mantiene diferentes circuitos de evaluación según la cantidad de medicamentos solicitados. Cuando se trata de hasta cuatro medicamentos, el afiliado puede iniciar el trámite de manera online y la solicitud tiene validación automática.
Para hasta seis medicamentos interviene la Unidad de Gestión Local (UGL) correspondiente. Si necesita más de seis, el expediente requiere evaluación de la UGL y del nivel central del organismo.
Cómo solicitar los medicamentos sin cargo de PAMI
El trámite puede completarse por internet o de manera presencial en una agencia de PAMI. Para iniciar la solicitud se requiere la documentación correspondiente y una receta electrónica emitida por un profesional integrante del sistema.
En el caso de hasta cuatro medicamentos, PAMI solicita la credencial de afiliación, el DNI y la receta electrónica con el diagnóstico que origina la prestación, detallado o mediante la codificación de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-10).
La gestión puede hacerla el propio afiliado, su apoderado o un familiar. Una vez autorizada la cobertura, los medicamentos pueden retirarse en la farmacia correspondiente con la receta. PAMI aclara que no es necesario renovar el trámite mientras el afiliado continúe cumpliendo las condiciones del subsidio.