Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

13 de septiembre 2026 - 09:56

Un adolescente de 16 años quedó detenido en la primera causa bajo el nuevo Régimen Penal Juvenil en Entre Ríos

Un adolescente de 16 años quedó a disposición de la Justicia tras un operativo en el que se secuestraron envoltorios con resultado positivo para cocaína. El caso fue presentado como el primero en Entre Ríos bajo el nuevo Régimen Penal Juvenil.

ver más

El adolescente de 16 años fue detenido durante un operativo policial en el barrio La Bianca, en Concordia.

STV

Un adolescente de 16 años quedó a disposición de la Justicia en Concordia, Entre Ríos, luego de un operativo policial en el que se secuestraron envoltorios que dieron positivo para cocaína. El procedimiento fue presentado como el primer caso local bajo el nuevo Régimen Penal Juvenil, establecido por la Ley 27.801, vigente desde el 5 de septiembre en la Argentina.

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

El hecho ocurrió el miércoles por la noche en el barrio La Bianca, durante patrullajes preventivos realizados por personal de la Motorizada, Cuerpo y Guardia y la comisaría de la zona. Junto al joven de 16 años se encontraba otro adolescente, de 13, quien fue demorado y posteriormente entregado a sus padres.

Según informó Infobae, la comisaria inspectora Zulma Zaragoza, jefa de Minoridad de Concordia, explicó que los efectivos localizaron a ambos adolescentes en los pasillos del barrio durante una recorrida. Al advertir la presencia policial, uno de ellos habría intentado descartar un envoltorio, por lo que intervino la División Drogas Peligrosas, que analizó la sustancia secuestrada y obtuvo resultado positivo para cocaína.

Cómo se inició la causa judicial

Si bien el régimen anterior permitía que un adolescente fuera sometido a una investigación penal por delitos cuyas penas superaran los dos años, este procedimiento forma parte de las primeras actuaciones realizadas en Entre Ríos desde la entrada en vigencia de la Ley 27.801.

La nueva legislación se aplica desde los 14 años y hasta el día en que la persona cumple 18, cuando se le atribuye la comisión de un delito previsto en el Código Penal o en leyes especiales.

A partir del resultado del análisis de la sustancia, se dio intervención a la Fiscalía de turno y se inició el proceso judicial previsto para estos casos. Por su edad, el joven fue alojado en una dependencia destinada a menores y quedó a disposición de la Justicia, que deberá definir las medidas procesales correspondientes.

El adolescente de 13 años, en cambio, no quedó sometido a un proceso penal debido a su edad. Fue trasladado en el marco del procedimiento y luego quedó al cuidado de sus padres.

Zaragoza indicó que ninguno de los dos jóvenes registraba antecedentes ni había ingresado anteriormente a una comisaría.

Qué establece el nuevo Régimen Penal Juvenil

La Ley 27.801 introdujo un nuevo Régimen Penal Juvenil y derogó la Ley 22.278, que regulaba esta materia desde 1980. Entre sus principales cambios, redujo de 16 a 14 años la edad a partir de la cual una persona puede quedar comprendida en un proceso penal juvenil.

La aplicación de la norma depende de la edad del adolescente al momento del hecho investigado. El régimen establece garantías procesales específicas y dispone que la privación de la libertad debe ser una medida excepcional, con modalidades diferenciadas respecto del sistema de adultos.

El Decreto 875/2026, que reglamentó la ley, designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal. La reglamentación también establece que el sistema busca promover la responsabilidad legal de los adolescentes imputados, así como su educación, resocialización e integración social.

Entre las sanciones previstas se encuentran la amonestación, las restricciones de contacto o circulación, la prestación de servicios a la comunidad, la reparación del daño, el monitoreo electrónico y las reglas de conducta.

Además, la normativa contempla la participación en instancias educativas, de formación laboral, recreativas o de abordaje de problemáticas de salud, según cada caso.

El régimen también establece que los adolescentes no pueden recibir penas de prisión o reclusión perpetua. Fija un límite de 15 años de privación de la libertad, aun cuando la escala penal aplicable por los delitos investigados pudiera ser superior.

Por otro lado, la ley prohíbe el alojamiento conjunto de adolescentes con personas adultas privadas de libertad.

Para los delitos cuya pena prevista sea de hasta tres años, la normativa permite sustituir el encierro por sanciones alternativas, siempre que se cumplan las condiciones establecidas. En los hechos con escalas superiores, la posibilidad de aplicar medidas diferentes de la privación de la libertad queda sujeta a una evaluación judicial y a las circunstancias particulares de cada expediente.

Últimas noticias

Te puede interesar

Otras noticias