- ámbito
- Judiciales
Crean otro tribunal decorativo
Mientras las Constituciones de la Argentina y Paraguay establecen un orden comunitario, las de Uruguay y Brasil, no. Esta asimetría resalta en este último país, donde la doctrina mayoritaria y la jurisprudencia sostienen la prevalencia de la ley local sobre los tratados (aunque ni siquiera se ha aprobado la añosa Convención de Viena, sobre cuyas normas la Corte Suprema edificara, antes de la Reforma de 1994, soluciones jurisprudenciales en el mismo sentido).
La Constitución brasileña acaba de cumplir 15 años. Hasta mayo de 2003 (en que descartó del texto la tasa de interés de 12%) sancionó 40 enmiendas posteriores al Tratado de Asunción. Ninguna trató la primacía del derecho internacional sobre el interno, clave de bóveda para la supranacionalidad de las normas del Mercosur (un detalle curioso: la Constitución tiene artículos que nunca fueron votados, como expresara el ex relator Nelson Jobim -hoy ministro del Superior Tribunal Federal- al romper el pacto de silencio que se adoptara con el presidente de la Asamblea, Ulises Guimarâes).
Los jueces brasileños se atienen a ley del calendario (la última palabra del Congreso prevalece sobre cualquier tratado) lo que es seria fuente de inseguridad jurídica. No se ve cercana la superación de esta posición. Más aún cuando, como lo exigen nuestra Constitución -art. 75 inc.24- y la de Paraguay, es indispensable la reciprocidad, la delegación expresa de jurisdicción, para que un tribunal entienda sobre el derecho creado por organismos supranacionales.
Este cuadro institucional debe completarse por la estimación del contexto práctico de la realidad. Mayoral lo ha resumido: no existe un sistema de compras gubernamentales uniforme ni trato nacional ni normas y tribunales comunes de defensa de la competencia o del consumidor, no se han eliminado o armonizado los sistemas de ayuda a la exportación y a la inversión, los sistemas tributarios son diferentes, en la práctica no existe un arancel externo común, no se armonizaron las barreras sanitarias, ambientales o fitosanitarias, etcétera.
• Justificación
Y la observación de los datos de la realidad denuncia que, en vez de la profundización de la integración, se retorna a una visión nacionalista, al paso que la pérdida de la competitividad y la droga momentánea de la exportación de commodities o de vedettes agrícolas justifican el severo juicio de Helio Jaguaribe: la Argentina está sacrificando su industria.
Frente a este cuadro preocupante, entretenernos con pourparlers sobre la creación de un Instituto Monetario a dos años vista para diagnosticar la posibilidad de una moneda única resulta un prematuro ejercicio de precalentamiento para otro campeonato. En el partido que se está jugando -para emplear la metáfora futbolera cara a los dos presidentes- la tarea no es hiperbólica sino humilde: resolver el aquí y ahora de un orden del día apremiante: suprimir trabas y restricciones, escrutar distorsiones en el intercambio para eliminarlas o compensarlas.
(*) Constitucionalista. Ex juez de la Corte Suprema de Justicia


Dejá tu comentario