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6 de julio 2021 - 00:00

Reseña impositiva

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INCENTIVOS FISCALES

RG 5.013 (AFIP) (BO 24/6/21)

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Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento. Exportación de servicios. Alícuota cero.

La Ley 27.506, modificada por la Ley 27.570, creó el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, a fin de promover actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información para la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.

El Dto.1.034/20 aprobó la nueva reglamentación del régimen, derogando al 708/19, y en su art. 3 fijó un derecho de exportación del 0% para las prestaciones de servicios comprendidas en el inciso c) del apartado 2 del art. 10 de la Ley 22.415 -Código Aduanero- efectuadas por los inscriptos en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, que hasta ese momento estaban alcanzadas con la tasa del 5%.

En consecuencia la AFIP acaba de hacer efectiva la aplicación del beneficio citado, con vigencia desde el 1/8/21.

PROCEDIMIENTO

RG 5.017 (AFIP) (BO 25/6/21)

Carta de Porte Electrónica. Transporte ferroviario y automotor de granos.

Con el objetivo de mejorar la capacidad de fiscalización del sector agrícola y simplificar los trámites, la documentación necesaria para trasladar granos dentro del país, la AFIP dictó la RG 5017 creando la carta de porte electrónica, que surgió como resultado del trabajo conjunto entre el organismo y los ministerios de Transporte, Agricultura y Seguridad. La herramienta que entrará en vigencia el 1° de septiembre permite limitar maniobras de evasión.

Su Título I se ocupa de la documentación obligatoria para el transporte automotor y ferroviario de granos, el Título II de carta de porte automotor flete corto traslados a plantas de acopio con origen productor y el III de disposiciones generales.

RÉGIMEN SIMPLIFICADO

RG 5.016 (AFIP) (BO 24/6/21)

Monotributo. Pagos. Consideración en término.

Desde el 23/6/21 los monotributistas podrán cumplir con las obligaciones de pago mensual -impuesto integrado y cotizaciones previsionales- correspondientes a los períodos devengados enero a junio de 2021, hasta el día 5 de agosto de 2021, inclusive, considerando en término las mismas.

R. H. F.

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