El Ministerio de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad dictó la Resolución 7163/22, estableciendo los diferentes descuentos y bonificaciones de los diversos tributos porteños, entre los cuales se encuentra lo dispuesto en los artículos 175 y 176 del Código Fiscal. El primero de ellos dispone la bonificación del 100% del importe de las cuotas en el primer año para los nuevos emprenderos que inicien y se inscriban en el Régimen Simplificado de Ingresos Brutos, siendo del 50% para el segundo año si permanecen en el régimen. El art. 176 fija una bonificación del 100% de las cuotas por 24 meses desde el alta en el Régimen Simplificado, siempre que se trate de nuevos contribuyentes que inicien actividades y se encuentren comprendidos en la franja etaria de 18 a 29 años.

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