OBRAS SOCIALES
SEGURIDAD SOCIAL
Esta sección se aboca en cada edición a brindar una síntesis de la normativa más relevante vinculada a la Seguridad Social, dictada por los organismos competentes o sancionados por el Congreso nacional.
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La Justicia confirma la validez de la notificación y rechaza la nulidad de la ejecución fiscal
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El sistema tributario, la presión fiscal y la volatilidad normativa frente a la toma de decisiones de las empresas
- Mediación prejudicial en materia de salud (PROMESA)
Modificando la Ley 26.589, que dispuso la mediación previa a procesos judiciales con carácter obligatorio, el DNU 379/25 (B.O. 4/6/25) reguló el Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia De Salud (PROMESA), dependiente del Ministerio de Justicia.
Operará como instancia alternativa previa a la interposición de toda acción judicial, cualquiera sea su alcance o naturaleza, aplicable a las controversias en materia de salud en aquellos casos en los que el requerido sea una entidad comprendida en las Leyes. 23.660, 23.661 o 26.682 y sus respectivas modificatorias.
Para cumplir con la medida resulta indispensable, como requisito excluyente, la implementación de programas de capacitación obligatoria para los profesionales que ostenten la calidad de mediadores en controversias en el ámbito de la salud contando con el Ministerio de Salud para realizar el entrenamiento.
Se faculta al Ministerio de Salud a comparecer, por medio de sus apoderados, a las audiencias de mediación prejudicial en el marco del procedimiento aprobado, cuando por la particularidad del caso deba ser oído el estado nacional o bien los hechos resulten de su interés. A tal efecto podrá otorgar, en forma fundada, las instrucciones y las autorizaciones expresas a sus representantes a fin de colaborar con la solución de las controversias planteadas.
En anexo a la norma se desarrolla el procedimiento de la mediación regulada. Entrará en vigencia a los 60 días contados desde el 4/6/25.
SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO
- Nuevo sistema de verificación del RENATRE
A través de la Resolución 56/25 (B.O. 2/6/25) el RENATRE aprobó un procedimiento electrónico de fiscalización denominado Sistema de Inspección del Trabajo Rural y la Seguridad Social (SITRySS), a fin de poder contar con un software que permita realizar el relevamiento in situ de los trabajadores y empleadores.
Se propone que en el mismo lugar de la pesquisa se pueda notificar el resultado mediante un acta de comprobación, documento que hace constar el resultado de la visita con las categorías registrado/no registrado y en plazo de registración, lo que adelanta 45 días en los términos para la regularización de las relaciones laborales. El mismo estará vigente en todas las delegaciones del organismo.
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