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Ha quedado demostrado, en estos dos años, el error de haber tomado una decisión de tal naturaleza en forma abrupta sin haber tenido siquiera un mínimo plan de acción posterior, ni una estrategia de corto, mediano y largo plazo; también puede advertirse, hoy, lo que ha significado en términos de costos y de atraso tal error para el país. Lo paradójico de la situación es que, atento al carácter tan absurdo de lo acontecido, no sólo se ha complicado la Argentina, sino que se ha colocado también en una difícil, incómoda posición de desorientación al conjunto de los acreedores; incluyendo tanto a los organismos internacionales multilaterales de crédito, como a los particulares tenedores de títulos de deuda, quienes han quedado atrapados debiendo elegir entre romper lanzas definitivamente con el deudor y escoger individualmente las acciones legales por seguir, o admitir que la deuda -tal como está conformada-es realmente impagable y que deben resignarse a recibir lo que el país considere que «puede» pagar, y de la forma en que éste indique, generando un peligroso precedente en materia de crédito que colocaría en jaque a la comunidad internacional y al mundo de las finanzas.
Hoy la duda existencial para todos los acreedores es «qué hacer con la Argentina...». Dentro del mismo FMI existe una división entre los que desean establecer una política flexible y de tolerancia que permita una salida «elegante» ( sobre la base de las llamadas « reformas estructurales» sin traicionar la política general del ente ni crear precedentes negativos en la materia), y quienes desean utilizar el caso argentino como un ejemplo de escarmiento para desalentar a otros países a recurrir a conductas similares.
Más allá de que pueda coincidirse o discreparse respecto de esta técnica negociadora «al límite» -por nuestra parte disentimos de ella-, y sin que pueda asegurarse cómo terminará finalmente este proceso, lo cierto es que parecería que la dilación y la forma que se ha llevado adelante el tema han sido por demás perjudiciales, pues se ha dejado avanzar el conflicto a un punto tal de disgusto generalizado que incluso ha motivado a tribunales extranjeros -judiciales y privados-tener una cierta fuerte animosidad en contra del país que los llevó a dictar medidas cautelares o de procedimiento que llegan a violar convenciones internacionales (como fue el caso de los embargos a sedes diplomáticas), o a reconocer en forma insólita a accionistas minoritarios de empresas que prestan servicios públicos en la Argentina, o de «holdings» controlantes de éstas, derechos patrimoniales personales por los daños que sufren las prestadoras de servicios públicos afectadas por la política del gobierno (casos CIADI), constituyendo ambos antecedentes un claro « acoso» y «abuso» en contra del país.
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