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13 de junio 2024 - 02:49

A último momento, Senado aprobó reforma impositiva del tabaco dentro de ley Bases

En medio de la investigación judicial al Señor Tabaco, Pablo Otero, senadores incluyeron cambios en la legislación sobre el sector.

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Senado aprobó reforma impositiva en tabaco.

Mariano Fuchila

La reforma impositiva del tabaco fue uno de los artículos menos tratados dentro del debate parlamentario de la ley Bases en el Senado y ni siquiera estaba incluido en el dictamen. Sancionado de improviso en Diputados, tuvo la misma suerte en la Cámara alta y logró su aprobación por mayoría, con un importante número de abstenciones.

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La iniciativa tuvo 33 votos a favor (impulso de UCR y del PRO), 10 en contra (repartidos en distintos bloques) y 27 abstenciones (preponderantemente peronistas). En caso de tener su ratificación en la Cámara de Diputados, el proyecto se convertirá en ley.

Qué dice el capítulo de impuestos al tabaco que complica a Pablo Otero

Dos tabacaleras que estaban beneficiadas por una medida cautelar por la cual eludían el pago de impuestos sufrieron un revés judicial frente a un reclamo de la AFIP. Se trata de la misma ventaja competitiva que mantiene Tabacalera Sarandí, de Pablo Otero, por la cual al no cumplir con la obligación del impuesto interno sus cigarrillos se venden al público a un precio más barato, lo que le permitió ganar una mayor participación de mercado.

Entre las modificaciones que aparecen en el capítulo de impuestos al tabaco de la ley Bases, apuntan a igualar los impuestos para todas las empresas del sector tabacalero.

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Pablo Otero, conocido como el Señor Tabaco.

Esta medida busca corregir desigualdades existentes y garantizar una competencia equitativa. El proyecto original, presentado en enero y posteriormente retirado en febrero, fue reincorporado tras la aprobación de la Ley Bases y previo al tratamiento del capítulo fiscal.

En detalle, los cambios que propone la ley Bases al impuesto al tabaco son:

Desde la AFIP explicaron: "El impuesto interno a los cigarrillos grava con una alícuota del 70% su expendio; el precio sobre el que se aplica la alícuota no puede ser menor a un monto fijo que se actualiza por inflación cuatro veces por año. Al fijo se lo llama impuesto mínimo. Algunas empresas, a través de medidas cautelares judiciales han evitado pagar el impuesto sobre el monto mínimo".

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