Mientras continúa transitando una prisión domiciliaria en Paraguay por haber sido encontrado in fraganti queriendo ingresar con más de u$s200.000 a ese país en diciembre del 2024, Edgardo Kueider sufrió un revés judicial por parte de la Corte Suprema, que determinó que seguirá siendo investigado en simultáneo por la Justicia Federal de San Isidro y por el Juzgado de Garantías de Concordia, avalando la solicitud del ambito provincial.
En julio, la Justicia paraguaya ya había ratificado el cumplimiento de condenas de prisión domiciliaria por parte del exsenador oficialista y su secretaria Iara Guinsel, en el marco de la causa que investiga si incurrió en lavado de dinero, además de la condena de dos años en suspenso que recae sobre él por tentativa de contrabando. La Fiscalía paraguaya sostiene que ambos habrían utilizado una estructura de empresas de pantalla para adquirir de manera irregular seis departamentos de lujo y cocheras en Asunción.
Mientras tanto, existe sobre el Kueider un pedido de extradición y de prisión preventiva domiciliaria por parte de la jueza Sandra Arroyo Salgado, a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 1 de San Isidro, que lo investiga por cohecho, negociaciones incompatibles, incumplimiento de deberes de funcionario, lavado de dinero y sobornos pagados por la empresa de seguridad privada Securitas a diversos organismos públicos y nacionales, entre ellos ENERSA, donde era funcionario.
La jueza Sandra Arroyo Salgado.
En simultáneo, el Juzgado de Garantías N° 2 de Concordia tramita un expediente en donde se analiza si el exsenador incurrió en enriquecimiento ilícito, por el aumento patrimonial registrado entre 1999 y 2019, período en el que ejerció la función pública en cargos municipales y provinciales en Entre Ríos. En ese marco, la jueza Arroyo Salgado reclamó que el juzgado provincial se abstuviera de investigar el período comprendido entre 2015 y 2019, por riesgo de doble persecución penal. Ante el rechazo del ámbito provincial, el proceso se elevó a la Corte Suprema.
La Corte Suprema intervino en el caso Kueider
La determinación de la Corte Suprema fue apegarse a la recomendación de la Procuración General de la Nación, que planteó: “Dado que un incremento patrimonial puede tener las más diversas causas y, en el caso de que sean ilícitas, puede tratarse de conductas realizadas por el funcionario público en cualquier momento, de manera simultánea o sucesiva, y adecuadas a distintas figuras penales —como bien observó la jueza federal— no parece aconsejable, en esta etapa inicial del proceso, cercenar el alcance de la investigación que la justicia provincial está llevando a cabo”.
“Si bien es comprensible la inquietud de la jueza federal por el riesgo de doble juzgamiento —ya que dentro de su marco teórico el enriquecimiento ilícito es entendido como una figura subsidiaria que quedaría desplazada si se lograra la condena por el delito que habría producido el aumento patrimonial—, considero que no es un planteo prematuro de inhibitoria el remedio adecuado; sin embargo, este ha cumplido, a su manera, como una fehaciente puesta en conocimiento del órgano local de lo que es materia de juzgamiento en el fuero federal", señaló el criterio del Procurador, con el que coincidieron los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
Finalmente, la postura de la Procuración planteó que el Juzgado entrerriano no debe lesionar el principio del doble juzgamiento "a medida que la averiguación de los hechos arroje mayor claridad y precisión".