La Cámara Federal prorrogó por un año la prisión preventiva de doce represores por delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención que funcionó en la Escuela Superior de Mecánica de la Armada (ESMA) durante la última dictadura militar.
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Así lo resolvió la Sala II del Tribunal al homologar la extensión de la prisión preventiva por un año para los represores Carlos Fraguío, Antonio Vañek, Julio Torti y Carlos Suárez Mason, este último ya fallecido.
La medida también abarca los casos de los represores Eugenio Vilardo, Hugo Damario, Jorge Luis Magnacco, Julio César Coronel, Roberto Pérez Froio, Rogelio Martínez Pizarro, Oscar Lanzón y Carlos Generoso.
Todos ellos integraban el Grupo de Tareas 3.3 que se desempeñaba en la ESMA, y están siendo investigados por privaciones ilegales de la libertad y tormentos -muchos de ellos seguidos de muerte- de personas que estuvieron cautivas ilegalmente entre 1976 y 1983.
En distintas resoluciones firmadas poco antes de finalizar el 2008, los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah rechazaron los planteos de las defensas, quienes pretendían cesar la prisión preventiva de los represores.
Para ello, los camaristas invocaron la gravedad de los delitos por los cuales están imputados, así como el peligro de fuga existente o el posible entorpecimiento de las investigaciones.
Al invocar la gravedad de los delitos, los jueces recordaron que quienes estuvieron cautivos en la ESMA, fueron sometidos a tormentos y "condiciones inhumanas de vida y alojamiento".
Además, señalaron que la mayor parte de las personas que estuvieron detenidas en ese centro clandestino aún continúan en calidad de "desaparecidos", en tanto que varios cuerpos fueron hallados en fosas comunes, sin identificación o como N.N.
En otro fallo, la Cámara en lo Criminal Federal rechazó un pedido de prisión domiciliaria para el ex oficial de la marina Miguel Angel García Velasco, procesado y detenido por delitos contra los derechos humanos en la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA) durante la última dictadura militar.
Fuentes vinculadas a la causa confirmaron que la Sala II del tribunal coincidió con el juez de primera instancia al negarse al otorgamiento del beneficio a Garcia Velasco, de 61 años, quien tiene problemas coronarios entre otras enfermedades.
La prisión domiciliaria había sido solicitada por el abogado Alfredo Solari, con el argumento que, en su casa, el ex marino podría recibir mejor atención médica que en la cárcel de Ezeiza, donde está detenido, y contar con la posibilidad de traslados de urgencia en ambulancias de la obra social a la que pertenece.
El letrado agregó que la ley 24.660 prevé la posibilidad de la detención domiciliaria no solo para los mayores de 70 años de edad sino también para aquellos que padecen enfermedades incurables en período terminal.
"No es tal situación de García Velasco" consignó un informe de los médicos forenses que fue tenido en cuenta por la Sala II al momento de rechazar el pedido.
El informe reconoció que, si bien el ex oficial de la marina "debe disponer de la adecuada atención cardiológico de sostén y de emergencia si fuera necesario", con su actual diagnóstico García Velasco no encuadra en la situación prevista por la ley 24.660.
Los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah recordaron que, según la reglamentación de la ley, "en período Terminal" significa que la enfermedad "incurable" no puede interrumpirse ni involucionar y, de acuerdo a la experiencia médica, llevará a la muerte en un lapso aproximado de seis meses.
Los camaristas agregaron que, según los informes recibidos, el penal de Ezeiza "cuenta con el equipamiento necesario a los fines de la atención" de García Velasco, tanto en la cárcel como en eventuales traslados vinculadas con su salud.
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