Santa Fe irá a las urnas este domingo para elegir gobernador y otros cargos locales, en una de las últimas elecciones desdobladas antes de los comicios generales del 22 de octubre. En este contexto, ¿cómo se utiliza la boleta única de papel?
Santa Fe será una de las últimas provincias en elegir cargos locales.
Santa Fe irá a las urnas este domingo para elegir gobernador y otros cargos locales, en una de las últimas elecciones desdobladas antes de los comicios generales del 22 de octubre. En este contexto, ¿cómo se utiliza la boleta única de papel?
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El sistema, que se implementará en toda la provincia sin excepciones, será el medio para que los santafesiones elijan 50 diputados provinciales, 19 senadores provinciales, 46 intendentes, 59 consejos comunales y 305 comisionados comunales.
La boleta única se utilizará principalmente en la elección a gobernador donde competirán cuatro candidatos:
En este mecanismo electoral todos los candidatos que compiten para un mismo cargo son presentados al elector en una sola boleta. Es decir, un papel por cada categoría: gobernador, intendente, diputado, senador, concejal.
En la misma se despliegan los candidatos con el logo y nombre de la alianza, nombre de la lista y la foto de los titulares, mientras que los suplentes figuran solo con sus nombres. Se puede decir que se pasó de un sufragio por fuerza política, como sucede con la boleta tradicional, a otro basado en atributos personales.
Al lado de cada competidor hay un casillero para seleccionar con lapicera un sólo candidato. Una vez elegida la opción, se dobla cada una de las cinco boletas y se introducen en la ranura correspondiente de la urna que corresponda a su categoría. En 2015 se eliminó el casillero de voto en blanco, por eso con sólo entregar la boleta sin marcas vale para validar esta decisión.
En síntesis, el elector deberá llevar a cabo los siguientes pasos para votar correctamente:
El artículo 125 del código electoral establece los montos económicos que deberán pagar las personas en caso de ausentarse para la votación: "Se impondrá multa de pesos cincuenta ($ 50) a pesos quinientos ($ 500) al elector mayor de dieciocho (18) años y menor de setenta (70) años de edad que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección".
El monto, a su vez, dependerá de la cantidad de infracciones:
El elector ausente, además, ingresará al Registro de Infractores, un sistema que acumula las faltas de cada uno de los votantes en relación al proceso electoral.