¿Qué se elige en las Primarias 2013?
Los postulantes de cada alianza compiten entre sí para determinar cómo se conformarán las listas de candidatos que presentarán en los comicios generales de octubre. Quienes resulten derrotados en las Primarias no participarán en la segunda instancia.
¿Quienes pasan a las segunda elección?
Sólo pasarán a la elección de octubre los frentes que superen el 1,5% de los votos válidos del distrito donde compiten. En caso de que en alguna de las categorías no crucen ese umbral, no podrán presentar candidatos.
Si un partido presenta una lista única
¿También debe participar de las PASO?
Sí. Las primarias son obligatorias para todas las agrupaciones políticas que pretendan participar de los comicios generales. Los partidos eligen a sus precandidatos, pero son los ciudadanos a través de sus votos quienes deciden entre los mismos.
¿Quiénes votan en las PASO?
Todos los ciudadanos argentinos -nativos, por opción o naturalizados- que figuren en el Padrón Electoral están obligados a votar. Para los menores de entre 16 a 18 años y los mayores de 70 el voto es voluntario.
¿Qué sucede si no voto en las Primarias?
¿Puedo hacerlo en las generales?
En caso de inasistencia a las Primarias, el elector debe justificar el motivo, ya sea por enfermedad, causa de fuerza mayor o distancia geográfica (estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación), dentro de los 60 días posteriores, presentando certificados ante la Justicia Electoral con competencia en cada distrito.
Aunque no participe en las PASO, el votante debe de todos modos concurrir a las urnas para la elección general. Quienes no voten recibirán penalidades. La multa por no votar en las Primarias es de $ 50 y por las Generales $100. Si no concurre a ambas deberá pagar $ 150.
¿Dónde se vota?
Para las Primarias y para las Generales, el lugar de votación debe consultarse en el Padrón Electoral. Se puede acceder ingresando a www.padron.gob.ar o al 0800-999 PADRON (7237). Con su número de DNI y sexo, cada elector podrá chequear la correcta inscripción de sus datos.
¿Cuáles son los documentos válidos para votar?
Los DNI de tapa celeste, los de tapa verde, tarjeta del DNI libreta celeste, nuevo DNI tarjeta, libreta de enrolamiento y libreta cívica. En los últimos dos casos podrá utilizar esos documentos siempre que no haya gestionado el nuevo DNI. No es obligatorio el cambio del DNI, siempre y cuando el mismo se encuentre en buen estado.
Si ya se gestionó el nuevo DNI tarjeta, no podrá votar con el DNI libreta tapa verde. No se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral. Sí se admitirá el voto de quien se presente con una versión posterior al documento que figura registrado en el padrón.
La Cámara Nacional Electoral aclaró que según la legislación actualmente vigente cualquier ejemplar de Documento de Identidad -siempre que sea el más actualizado que posee cada elector- habilita al elector para votar, incluso el DNI en formato tarjeta que contiene la inscripción "no válido para votar".
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