Organizaciones civiles y sociales sin fines de lucro rechazaron la modificación de la ley de Acceso a la Información Pública que dispuso el Gobierno de Javier Milei a través del decreto 780/24. Aseguran que busca restringir un derecho fundamental para la democracia y denuncian que es una "seria regresión" en la transparencia estatal.
Organizaciones rechazaron el decreto de Javier Milei que limita el acceso a la información pública: "Es una seria regresión"
Una veintena de organizaciones civiles expresaron su preocupación por el decreto 780. Aseguran que busca restringir un derecho fundamental para la democracia.
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El Gobierno puso límites en la Ley de Acceso a la Información Pública
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Diputados alertan por cambios a la Ley de Acceso a la Información Pública y piden explicaciones al Gobierno
El Poder Ejecutivo avanzó ayer en la modificación de la reglamentación de la Ley 27.275, a través de la redefinición de la terminología y con la limitante al acceso de la información privada. Ante ello, un grupo de organizaciones expresaron su "preocupación" por la normativa y aseguraron que "intenta restringir el derecho de Acceso a la Información Pública".
El documento lleva la firma de 20 asociaciones, entre las que se encuentran Poder Ciudadano, el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), Directorio Legislativo, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Amnistía Internacional y la Escuela de Fiscales, entre otros.
Organizaciones civiles rechazaron la modificación de Javier Milei a la ley de Acceso a la Información Pública
Los firmantes denunciaron que el decreto reglamentario "no puede limitar el derecho de acceso a la información pública en contradicción con el alcance de la propia Ley de Acceso a la Información votada por el Congreso de la Nación en 2017". Y señalan que las excepciones establecidas por la Ley 27.275, que habilitan la negativa estatal a brindar la información solicitada, "están lejos de lo reglamentado por el Poder Ejecutivo Nacional".
Sobre los alcances de los cambios, cuestionaron que "amplía el secreto" y la discrecionalidad para que los funcionarios definan qué documentos se deben poner a disposición de la ciudadanía y cuáles no. "El Decreto mencionado amplía la información que queda por fuera del interés público, amplía el secreto y aporta discrecionalidad al dejar en manos de los funcionarios públicos la definición sobre lo que es un documento público y qué información puede ser considerada de la esfera privada de las autoridades", alertaron.
Los cambios le otorgan "una especial protección" a la información pública, lo cual implica "una seria regresión en materia de interpretación del derecho de acceso a la información a la luz de los estándares internacionales de derechos humanos y lucha contra la corrupción". Las organizaciones indicaron que también "genera un marco normativo discrecional por el cual las definiciones políticas del gobierno y las decisiones subjetivas de los funcionarios primarían por sobre el derecho de acceder a información en manos del Estado".
Ante esta situación, solicitaron al Poder Ejecutivo que revea las modificaciones implementadas y deje sin efecto este Decreto, para que "se garantice el pleno acceso a la información pública".
Además de las organizaciones mencionadas, también adhirieron al documento Salta Transparente, Centro Ex Combatientes Islas Malvinas C.E.C.I.M La Plata, Red Ruido, Fundación Huésped, Fundeps, Fundación Nuestra Mendoza, Democracia en Red, Red Ciudadana Nuestra Córdoba, INECIP, CIPCE (Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica), Xumek (Asociación para la promoción y protección de derechos humanos), Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), MundoSur y la Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP).
Rechazo de la oposición a los cambios de la ley de Acceso a la Información Pública
Anoche, el bloque de diputados de Encuentro Federal también se pronunció en contra de las modificaciones a la ley 27.275. El espacio que conduce Miguel Pichetto expresó su "preocupación" por el decreto 780/24 y presentó un pedido de informes al Poder Ejecutivo para que explique los alcances de las restricciones impuestas.
Los diputados opositores consultaron "si el Poder Ejecutivo consultó expresamente a la Agencia de Acceso a la información Pública (AAIP) sobre la pertinencia, conveniencia y/o necesidad de instrumentar medidas que restringen el acceso a la información pública".
El jefe del bloque de Unión por la Patria en la Cámara de Diputados, Germán Martínez, detalló en diálogo con Radio Provincia que el espacio presentó "un proyecto de resolución en contra del decreto" y explicó: "Ellos lo disfrazan como una reglamentación del contenido de la ley" para que se tome como una "atribución del Poder Ejecutivo".
El diputado de Coalición Cívica, Maximiliano Ferraro, realizó una crítica a través de su cuenta oficial en la plataforma X y calificó al Gobierno como "los menos liberales del mundo": "Es notable como los 'liberales, menos liberales del mundo' se extralimitan en reglamentar e interpretar las leyes de manera tan restrictiva y peligrosa. El derecho a la información es un derecho ciudadano que no puede ser encarcelado por decreto ni aplicado a merced de los gobiernos de turno; sólo puede ser regulado por una ley del Congreso. ¿Dónde quedó el tan defendido derecho a la información?".
Andrés Gil Domínguez cuestionó el decreto que restringe el acceso a la información pública: "Es inconstitucional"
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez fue otro de los que salió al cruce de Javier Milei por el decreto que modifica la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública: "Atenta contra un derecho considerado esencial para el sistema democrático".
A través de su cuenta oficial en la plataforma X (ex Twitter), el letrado constitucionalista señaló que "el decreto 780/2024 que tiene por objeto reglamentar la ley 27.275 de acceso a la información pública modificando la anterior norma reglamentaria (el decreto 206/2017)es inconstitucional por alterar irrazonablemente sus contenidos desconociendo lo establecido por el art. 28 de la Constitución argentina y por el art. 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos".
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