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4 de octubre 2013 - 20:24

Rechazan apelación de UIF para congelar bienes de dos represores prófugos

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El juez federal Claudio Bonadio rechazó con duras críticas una apelación presentada por la Unidad de Información Financiera (UIF) contra el fallo por el cual el magistrado denegó un pedido para congelar los bienes de los represores prófugos Gustavo De Marchi y Jorge Olivera del Hospital Militar.

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"La persistencia del funcionario de llamar a los prófugos 'terroristas prófugos' para afianzar su competencia, no hace que esa expresión adquiera relevancia típica para justificar por si el dictado de un acto administrativo de congelamiento de bienes y activos sin justificar la existencia concreta de una vinculación espúrea entre los prófugos y a quienes se les había congelado los bienes", sostuvo el juez ante el planteo de José Sbatella.

La UIF había dispuesto el congelamiento de bienes de familiares de las víctimas, pero la medida fue anulada por orden de Bonadío, quien sólo avaló aquella que comprende a las esposas de ambos represores fugados y, ante la apelación del organismo ahora el magistrado ahora la desestimó.

"En el presente caso la actuación administrativa de la UIF no fue considerada, por el momento, ni relevante ni útil, ya que la investigación que se está desplegando corre por otros carriles a los que con este tipo de medidas y en esta etapa procesal no se contribuye de manera útil", indicó el fallo de Bonadío, al que accedió Noticias Argentinas.

Bonadío replicó con críticas hacia los funcionarios: "El titular de la UIF y los abogados que lo asesoran no entienden el concepto de división de poderes instituido por la Constitución de 1853 y sus posteriores modificaciones. La Carta Magna establece que el Estado Argentino se conforma por tres poderes que tienen facultades y atribuciones exclusivas y excluyentes y que aun en la conformación de actos jurídicos complejos, como lo es por ejemplo la sanción de las leyes, cada poder interactúa desde atribuciones distintas y diferenciadas".

"Una vez que una situación determinada es judicializada, la resolución es exclusiva competencia del Poder Judicial, los distintos organismos dependientes del Poder Ejecutivo y más allá de la facultades que por ley le son propias solo son auxiliares de la Justicia, quien es en definitiva la que detenta la dirección de los procesos", agregó.

Sbatella había argumentado su pedido en que "no puede ignorar que en el desarrollo de la actividad criminal por los cuales fueron juzgados estas personas, podrían haberse apropiado de los bienes de desaparecidos, situación que debería dilucidarse con el devenir de las actuaciones administrativas" en el ámbito de la Unidad.

"Se advierte de las constancias de la presente causa que los aquí buscados, a diferencia de lo sostenido por el funcionario, no fueron condenados en el Tribunal Federal de San Juan por la apropiación de bienes de desaparecidos", respondió Bonadío, quien además sostuvo que "asombra la ignorancia del derecho positivo que manifiestan los funcionarios de la UIF".

Por otra parte, advirtió que "la decisión administrativa se sustentaba en relaciones de parentesco, vinculaciones comerciales o dichos de terceros que no se apoyaban en prueba alguna" y remarcó que "este tipo de atribución de responsabilidad por cercanía parental o social es inadmisible en un régimen democrático y en especial para nuestra sociedad donde muchos ciudadanos argentinos perdieron la libertad o la vida por el mero hecho de haber figurado en una agenda".

Los dos represores, condenados por delitos de lesa humanidad, escaparon el 25 de julio pasado del Hospital Militar Central "Cosme Argerich", donde se encontraban internados tras ser trasladados por expreso pedido de la Justicia de San Juan.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ofreció 2 millones de pesos como recompensa por aportar datos sobre el paradero de ambos militares.

Olivera recibió una condena a cadena perpetua, mientras que De Marchi fue condenado a 25 años de prisión al cabo del primer juicio por delitos de lesa humanidad realizado en la provincia de San Juan.

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