La provincia de Tierra del Fuego quedó formalmente incorporada a la causa judicial que busca frenar el proyecto petrolero Sea Lion, que las empresas Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum desarrollan al norte de las Islas Malvinas.
La Justicia Federal de Río Grande admitió la intervención de la Provincia en la demanda que impulsan el CECIM La Plata y abogados ambientalistas contra Rockhopper y Navitas. Además, rechazó que el Estado nacional forme parte del expediente. La medida cautelar que frena las obras sigue vigente.
Tierra del Fuego, incorporada a la causa Sea Lion.
La provincia de Tierra del Fuego quedó formalmente incorporada a la causa judicial que busca frenar el proyecto petrolero Sea Lion, que las empresas Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum desarrollan al norte de las Islas Malvinas.
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Así lo resolvió la jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, que admitió la intervención del Estado fueguino a través de su Fiscalía de Estado, tras una presentación realizada el 23 de septiembre, en el marco de la acción impulsada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Civil de Abogados, Abogadas y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA).
Según la resolución, a la que accedió Ámbito, la Provincia participará en carácter de tercero, con actuación accesoria y subordinada a la parte actora, en los términos de la Ley General del Ambiente 25.675. Tomará la causa en el estado en que se encuentra, sin retrotraer el juicio ni suspender su curso, y la sentencia que se dicte la alcanzará. La magistrada aclaró además que la intervención admitida no implica una ampliación de la demanda ni la incorporación de pretensiones propias, aunque tendrá presentes los planteos fueguinos en cuanto constituyan aportes vinculados al reclamo ambiental.
En la misma resolución, la jueza rechazó el pedido para convocar al Estado Nacional como parte o tercero en el expediente, al considerar que, en el estado actual de la causa, no se acreditó una necesidad concreta que justifique su incorporación, aunque dejó abierta esa posibilidad ante elementos nuevos. Tampoco hizo lugar, en los términos solicitados, a fijar condiciones de revisión para la medida cautelar dictada el 16 de septiembre, ni a intimar por ahora a las empresas a presentar documentación sobre seguros y garantías, algo que el tribunal podrá evaluar cuando se incorporen los informes pendientes o lo exijan razones de tutela ambiental.
Por otra parte, la magistrada resolvió tener presentes, con el alcance que corresponda en derecho, distintas observaciones, salvaguardas y reservas planteadas por Tierra del Fuego en su presentación, entre ellas la adhesión a la prueba informativa y la reserva del caso federal. La resolución fue notificada a la parte actora, al fiscal de Estado provincial y al Ministerio Público Fiscal.
Desde el CECIM La Plata celebraron la decisión y destacaron que la cautelar obtenida permanece sin modificaciones. La admisión de la Provincia, señalaron, implica un reconocimiento de los intereses ambientales e institucionales comprometidos. “Un nuevo paso en una disputa que excede largamente la cuestión petrolera: se trata de ponerle límites al saqueo colonial de nuestros bienes comunes”, sostuvieron.
El abogado y apoderado del CECIM La Plata, Jerónimo Guerrero Iraola, se mostró satisfecho con el rumbo del expediente. “Estamos muy conformes con la evolución de la causa. Estamos esperando que se hagan efectivas las notificaciones a las empresas”, señaló a Ámbito. Además, apuntó al Gobierno nacional: “Exhortamos a Cancillería a que actúe conforme a derecho”. Y destacó el hecho de que, "en un contexto de expansión del mercado hidrocarburífero a nivel global, hayan caído las acciones de las dos empresas demandadas".
La acción preventiva por daño ambiental colectivo fue presentada el 1 de septiembre ante el Juzgado Federal de Río Grande, con competencia sobre Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Tras declararse competente, el 16 de septiembre Borruto ordenó frenar las obras del proyecto Sea Lion y dispuso que Rockhopper y Navitas se abstengan de ejecutar cualquier acto material vinculado al emprendimiento, desde perforaciones e infraestructura submarina hasta obras terrestres y portuarias de apoyo.
Un elemento determinante para esa decisión fue un informe de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental, según el cual las empresas nunca iniciaron un procedimiento de evaluación ambiental en el país, tal como exige la Ley General del Ambiente para actividades de este tipo. La jueza aclaró que no estaba afirmando que el daño fuera a producirse, sino que las petroleras omitieron el trámite previsto justamente para determinarlo. Al mismo tiempo, advirtió que “el riesgo no es hipotético ni remoto”, ya que el proyecto había avanzado más allá de su etapa inicial.
Según la documentación incorporada al expediente, Sea Lion contempla 23 pozos, una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga, y una red de infraestructura submarina, además de instalaciones terrestres y portuarias en Puerto Argentino. Se ubica a unos 220 kilómetros al norte de la isla Soledad. Navitas opera el proyecto con el 65% de participación y Rockhopper conserva el 35% restante, con la primera extracción prevista para marzo de 2028.
En su resolución, Borruto también vinculó la cuestión ambiental con la defensa de la soberanía, a la que consideró un bien colectivo e interés federal, y sostuvo que la legislación argentina alcanza al emprendimiento aunque las empresas estén constituidas en el exterior, por proyectarse sobre la plataforma continental. Además, intimó a las compañías a informar el estado de las obras, sus contratistas, financistas y aseguradoras, y pidió datos a la Secretaría de Energía, a la Cancillería y a la autoridad ambiental nacional.
La jueza dejó establecido que la cautelar es provisional y que, una vez incorporados los informes y la intervención de las empresas, podrá mantenerse, modificarse, ampliarse o levantarse. En ese punto se inscribe uno de los planteos de Tierra del Fuego que ahora no prosperó en los términos propuestos: fijar condiciones específicas para esa revisión.
La Cancillería ya había rechazado en diciembre de 2025 la decisión final de inversión anunciada por ambas empresas. Además, Rockhopper fue declarada clandestina en 2012 e inhabilitada para operar en el país durante 20 años, y Navitas recibió sanciones equivalentes en 2022.