ver más

Ya superaste el límite de notas leídas.

Registrate gratis para seguir leyendo

1 de abril 2020 - 17:44

Certificado para circular: ¿quiénes están exceptuados?

El Gobierno de la Nación dio a conocer una lista de personas que podrán circular sin el "certificado único habilitante para circulación", sino que deberán poseer algún comprobante de que tienen permitido circular por la actividad que cumplen.

ver más

La nueva decisión administrativa busca agilizar los controles y facilitar el acceso a los permisos para la gente que realmente lo necesita.

Foto: Telam

Con la ampliación de la cuarentena para combatir el COVID-19, el Boletín Oficial de la República Argentina dio a conocer un comunicado en el que se expresan una serie de modificaciones a quienes deban tramitar un certificado para la libre circulación durante los días que esté vigente el aislamiento social, preventivo y obligatorio en el país. En dicha decisión administrativa se establecen excepciones a quienes deban tener dicho permiso y penas para aquellos que los falsifiquen.

El contenido al que quiere acceder es exclusivo para suscriptores.

Por un lado, el comunicado marca que quedan exceptuadas de necesitar dicho permiso:

argentina.gob.JPG

En la página web de la República Argentina están determinadas las personas que deben realizar el permiso.

En su lugar, tendrán que demostrar que la razón de su circulación se da para el cumplimiento de alguna de las acciones mencionadas en la lista. Con esto en mente, a la hora de realizar el trámite, la página web explica que solamente necesitan tener el permiso:

Por último, la decisión administrativa también determina que aquellas personas que falseen los servicios recibirán las penas pertinentes, mientras que también aclara que no está permitido el circular para realizar reuniones de entierro o cremación de personas fallecidas.

Últimas noticias

Dejá tu comentario

Te puede interesar

Otras noticias