26 de julio 2002 - 00:00

Están en riesgo los activos del país en el extranjero

NuevaYork - Los acreedores de la deuda externa argentina siguen avanzando en sus estrategias legales internacionales.

La resolución favorable de un tribunal italiano de embargar preventivamente bienes de la Argentina a pedido de inversores de dicho país que tienen títulos argentinos intensifica la actividad judicial en contra de la Argentina por parte de acreedores desilusionados con la falta de respuestas del gobierno y de perspectivas de acuerdo de reestructuración.

Existen varios frentes de reclamos contra la Argentina y los riesgos son considerables.

• Las "acciones de clase"

Aquí existen tres juicios ya iniciados contra la Argentina y uno contra la provincia de Buenos Aires. Los acreedores son fondos de inversión especulativos denominados Applestein DCA Grantor Trust, Old Castle y Lightwater, además de un inversor uruguayo experto en deuda emergente en default. Los tres reclamos se encuentran avanzados, aunque no se han producido embargos sobre bienes argentinos. Incluso, en el primero de ellos, el tribunal interviniente rechazó embargar preventivamente la sede del Banco de la Provincia de Buenos Aires en Nueva York en razón de que no tenía evidencias de que el mismo era propiedad de la provincia (algo que con el correr del proceso y con mayores posibilidades probatorias se acreditará y, por lo tanto, dicha oficina correrá peligro de ser rematada). Pero el peligro principal para la Argentina está dado por el pedido ya presentado de un acreedor particular de lo que se denomina «acción de clase». Bajo esta figura, el demandante obtiene personería para representar a todos los miembros de su clase (en este caso, todos los tenedores de los bonos Global colocados en Estados Unidos) y el resultado de la sentencia alcanza al total de los mismos, salvo que cada inversor indique que no desea ser parte de lo dispuesto en la sentencia. El juez del caso argentino está considerando actualmente esta petición. Por otro lado, varios inversores han conformado el denominado Comité de Tenedores de Bonos Argentinos, el cual, por el momento, no ha interpuesto acciones legales.

• El caso italiano

Hay un total aproximado de 300.000 inversores italianos con bonos argentinos. Los mismos han indicado en repetidas ocasiones que, si bien pueden estar dispuestos a acordar alargamientos de los plazos y eventualmente reducciones en la tasa de interés, no aceptarán quitas bajo sus acreencias. Algunos de estos inversores ya han iniciado acciones judiciales, obteniendo recientemente embargos preventivos contra bienes del gobierno argentino en Italia. Conforme principios de derecho internacional, las sentencias dictadas por los jueces italianos y estadounidenses (y de otros países en los que la Argentina colocó deuda como Alemania y Japón) pueden ser ejecutadas en otros países sobre otros bienes del deudor. Esto quiere decir que jueces italianos y estadounidenses podrán perseguir activos de la Argentina en Alemania, España, Brasil o Inglaterra, por ejemplo, por nombrar sólo algunos países.

• Otros frentes

Varios fondos de pensión alemanes, incluyendo el correspondiente a los dentistas, están avanzando firmemente en la presentación de reclamos judiciales por el default de los títulos denominados en marcos alemanes. Este país ha tomado una posición rígida en contra de la Argentina por otras cuestiones legales, como la resolución unilateral por parte del gobierno del contrato con la empresa Siemens, y ha indicado que el Fondo Monetario Internacional no debería «rescatar» al país a menos que la Argentina cumpla con las condiciones del organismo y, además, reestructure su deuda con los acreedores privados, incluyendo los inversores alemanes. En Japón, por su parte, los inversores están a la expectativa de los acontecimientos, sin que puedan descartarse acciones legales, mientras que tenedores argentinos con títulos internacionales están explorando demandar a la Argentina en tribunales extranjeros.

La intensificación de las estrategias legales por parte de los inversores podría amenazar la suerte misma de los intentos de reestructuración que el gobierno argentino (el actual o los próximos) quiera llevar adelante. La explicación es la siguiente.
Los acreedores que demanden a la Argentina, obtengan sentencias (conforme la legislación extranjera) y eventual-mente puedan embargar los pagos que el país efectúe en el futuro a aquellos acreedores que acepten la propuesta de reestructuración podrían cobrar 100 por ciento del valor nominal del capital más los intereses adeudados, tal como ha sido resuelto en el caso Elliot vs. Perú de 2000, que alguna vez comentamos en esta columna. Si uno compara este eventual cobro de 100 por ciento del valor nominal con lo que se cobraría bajo el acuerdo de reestructuración (por ejemplo, se habla de 60 por ciento de quita), se verá que a ningún acreedor le convendría aceptar la propuesta del gobierno ya que no sólo se quedaría con títulos de menor valor frente a los acreedores que no acepten, sino que, además, los pagos a que tendrían derecho podrían ser capturados por aquellos acreedores que rechacen la misma. La esperanza para la Argentina es que el principio de embargar otros pagos (Elliot) sea rever-tido, algo que no parece fácil de obtenerse.

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