La aplicación en varios hospitales del país de una resolución del Ministerio de Salud que excluye a los homosexuales como donantes de sangre generó ayer una ríspida polémica. Mientras las organizaciones homosexuales la tildó de «discriminatoria», la comunidad científica rechazó la acusación y sostuvo que ésta responde a reglamentaciones que están vigentes en la materia en el contexto internacional.
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«A la luz de los avances de la ciencia médica, producido en los últimos años en lo que hace al sida (Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida), algunas de las disposiciones contenidas son efectivamente anacrónicas y discriminatorias», opinó la Sociedad de Integración Gay Lesbica Argentina (SIGLA), al hacer referencia a la resolución que está vigente en numerosos nosocomios y centros de salud del país, pese a que fue derogada y sustituida por otra (más flexible) por la misma cartera de Salud hace dos años.
La controvertida disposición fue elaborada en el año 1992 por un comité de expertos designados por la Asociación Argentina de Hemoterapia y puesta en práctica en 1993 por una reglamentación del Ministerio de Salud de la Nación que figura bajo la denominación de: Normas de Medicina Transfusional.
En el mismo se especifica una serie de condiciones que debe reunir una persona como donante de sangre. Por caso, se indica que el donante no deberá tener antecedentes de enfermedades infecciosas transmisibles por sangre. Y, expresamente, se puntualiza que «quedan excluidos permanentemente como donante de sangre o componentes quienes tengan evidencias presente o pasada, clínica o de laboratorio, de infección con el virus HCV o HIV o pertenezcan a grupos de alto riesgo para el sida como varones que sean homosexuales o bisexuales, hemofílicos o personas que hayan vivido en áreas geográficas de alto riesgo, etc.» (artículo B.1.2.6.1 inciso d). Se determina, además, que deben realizarse en una muestra de sangre de cada donante investigaciones serológicas para sífilis, brucelosis, enfermedad de Chagas, sida, y de hepatitis B y C.
Todas estas cuestiones aparecen como interrogatorio en un formulario que los potenciales donantes deben confeccionar al momento de dar sangre.
Reemplazo
La norma -rápidamente cuestionada por las organizaciones homosexuales argentinas, por discriminatoria-fue reemplazada por otra el 21 de mayo de 1999, en la que se dejó sin efecto el artículo que excluye a los homosexuales como potenciales donantes y se lo sustituyó por otro en el que se impide ser donante a los que tengan antecedentes de promiscuidad sexual; de adicción a drogas inyectables; o los que tengan o hayan tenido relación sexual con alguien que tenga o haya tenido diagnóstico por infección de HIV o enfermedad del sida.
Esta resolución está en vigencia en la actualidad, pero muchos centros de salud mantienen y aplican la norma anterior. Según César Cigliuti, de la Comunidad Homosexual, «responden a una disposición de la Asociación Argentina de Hemoterapia». «Es una norma totalmente discriminatoria. Lo sexual no tiene nada que ver. Hay otras vías de infección y transmisión del sida. Lo que debería hacerse es testear la sangre», sostiene Cigliuti.
Desde un punto de vista totalmente diametral, el presidente de la Asociación Argentina de Hemoterapia, Alberto Sploy, defendió la exclusión de los homosexuales como potenciales donantes y deslizó críticas sobre la decisión del Ministerio de Salud de dejar sin efecto la norma anterior. «Decir que se trata de una discriminación o de una violación a los derechos humanos de los homosexuales es desacertado. Como médicos, tenemos la obligación de darles a los pacientes la máxima seguridad transfusional», opinó Sploy, para quien un donante debe estar calificado para serlo. El médico sostuvo, además, que un test serológico no resuelve el problema «porque existe el 'período ventana', en el que una persona puede ser transmisor del virus del sida y no aparece en sus estudios de sangre». Sploy remarcó que la modificación de la anterior resolución «está contra la opinión científico-técnica del país y fuera del país» y subrayó su esperanza en una revisión desde la cartera de Salud. «Lo que se dispuso no tiene parangón ni correlato con ninguna reglamentación en el mundo. En Estados Unidos y en Europa, las condiciones impuestas a los donantes siguen siendo exactamente las mismas. Hay pautas, compromisos y responsabilidad civil y penal en el mundo que se deben respetar», indicó Sploy.
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