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10 de marzo 2006 - 00:00

Celebra Cobos un fallo nacional contra jueces

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Se trata del primer fallo posconvertibilidad, ya que la Corte se había pronunciado en igual sentido en setiembre de 2001, ante un pedido de jueces de Corrientes. De este modo, la búsqueda de la indexación salarial que encaran los magistrados de Mendoza pierde argumentos. Más aún, en vista de que el viernes pasado se había abierto un período de acercamiento entre las partes, a través del cual el Ejecutivo hizo un ofrecimiento de recomposición salarial a los litigantes, equivalente a 85% de un sueldo indexado.
Esta oferta oficial surgió de un convenio entre la Asociación de Magistrados y la Asesoría de Gobierno que implica la renuncia de los jueces a embargar cuentas públicas, así como el retiro de la causa en la Corte Nacional de parte del gobierno.
El caso entrerriano rechazado por la Corte es análogo al de Mendoza, ya que los jueces requerían que se les aumentaran las remuneraciones a partir de diciembre de 2002, ya que, según sostenían, dos leyes de Entre Ríos les daban derecho a la indexación automática de sus sueldos una vez que la inflación superase ciertos parámetros.

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