26 de marzo 2021 - 18:48

AMIA: el TOF 3 dio a conocer los fundamentos de la absolución a Carlos Telleldín

Según la resolución, la única certeza que se ha podido obtener respecto de Carlos Telleldín es que "fue el último tenedor del motor que fuera encontrado entre los escombros de la AMIA".

Carlos Telleldín fue absuelto en diciembre pasado. 

Carlos Telleldín fue absuelto en diciembre pasado. 

Foto: Cij

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 dio a conocer este viernes los fundamentos de la sentencia de absolución dictada el 23 de diciembre pasado contra Carlos Telleldín.

"Tras haber llevado a cabo un estudio minucioso y profundo de los indicios que han arrimado las partes acusadoras en sustento de su acusación, se advierte que estos no reúnen los requisitos mínimos para tener por probada la responsabilidad del imputado, tal como sostienen las acusaciones en sus alegatos", indicaron los jueces Andrés Fabián Basso, Javier Ríos y Fernando Canero.

Los magistrados explicaron que de los 380 testigos que declararon durante el juicio oral, iniciado en mayo de 2019, "no hubo siquiera uno que atestiguara sobre el conocimiento que Telleldín habría tenido de que estaba entregando la Trafic para su utilización en un atentado terrorista o como sostiene una de las querellas en un estrago doloso".

Además, explicaron que "la prueba documental y pericial incorporada, más los numerosos allanamientos e intervenciones telefónicas que se practicaran, tanto respecto del imputado, como de un universo de personas que integraban su entorno, en ocasiones, incluso, hasta de manera circunstancial, tampoco arrojaron luz sobre la existencia de ese elemento subjetivo indispensable para acreditar la participación de Telleldín, tanto en el estrago doloso que le endilga la querella AMIA-DAIA, como en el homicidio calificado que le atribuyen la querella de familiares encabezada por el Sr. Juan Isidoro Degtiar y la fiscalía".

Según la resolución, la única certeza que se ha podido obtener respecto de Carlos Telleldín es que "fue el último tenedor del motor que fuera encontrado entre los escombros de la AMIA". "Posiblemente, esta enorme incertidumbre obedezca a los insondables avatares que ha sufrido esta investigación en la etapa de instrucción, a todas luces deficiente y plagada de irregularidades", agregaron los jueces.

Se trata del histórico proceso de investigación, que en su momento había sido declarado nulo en su totalidad por la anterior integración del TOF 3, en virtud del pago efectuado de 400.000 dólares por las entonces autoridades de inteligencia al exreducidor de autos (ahora abogado) Telleldín.

En virtud de ese pago, Carlos Telleldín había afirmado que entregó la trafic utilizada como coche bomba en el atentado contra la AMIA al comisario Juan José Ribelli y otros altos funcionarios por entonces de la Policía Bonaerense, lo que generó la formación de la denominada “causa brigadas”.

En el primer juicio oral sobre lo ocurrido en la AMIA, con motivo de las irregularidades verificadas en la investigación, se absolvió a todos los acusados.

Luego de sucesivas apelaciones presentadas por las partes acusadoras, en la última instancia recursiva, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó parcialmente la sentencia dictada por el Tribunal Oral, pero dejó a salvo de la tacha de nulidad la primera parte de la investigación judicial, esto es, la génesis de la causa hasta la incorporación de la denominada “causa brigadas”.

En virtud del fallo de la Corte Suprema, que consideró válida el primer tramo de la investigación, la causa fue reabierta en primera instancia y con la entonces intervención del fiscal de la UFI AMIA Alberto Nisman, se elevó nuevamente a juicio.

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