5 de mayo 2003 - 00:00

Lácteos: Modifican plazo de retención en pago de IVA

El Gobierno contempló el reclamo de entidades rurales para que se modifique el esquema de retención correspondiente al Impuesto al Valor Adquirido para las operaciones de venta de leche cruda bovina.

El sector de la producción reclamaba que el pago del tributo se compute con la retención impositiva que se hace al momento de presentar las declaraciones juradas.

"En virtud del análisis realizado, con relación a las razones expuestas por las entidades representativas de la industria lechera, se estima conveniente excluir del mencionado régimen a las operaciones realizadas por los sujetos designados como agentes de retención en los términos del artículo" mencionado, se informa en la resolución 1428 publicada hoy en el Boletín Oficial.

Al respecto, se indica que "cabe efectuar algunas precisiones respecto del momento en que corresponde computar la retención".

En ese marco, se resolvió que "el monto de las retenciones tendrá para los responsables inscriptos el carácter de impuesto ingresado, debiendo su importe ser computado en la declaración jurada del período fiscal en el cual se sufrieron".

"La retención podrá computarse en la declaración jurada correspondiente al período inmediato anterior, cuando la operación que le da origen se haya producido en dicho período y las retenciones hayan sido practicadas hasta la fecha en que se produzca el vencimiento para la presentación de la misma", destaca la letra de la norma.

En tanto, determina que si el cómputo de importes atribuibles a las retenciones origina un saldo a favor del responsable, "el mismo tendrá el carácter de ingreso directo y podrá ser utilizado de acuerdo con lo dispuesto en la ley del IVA".

Los responsables "no categorizados", por su parte, "podrán computar contra el período fiscal que se determine por los períodos fiscales transcurridos a partir de la vigencia de la presente norma, el importe de las retenciones que les fueron practicadas en la modificatoria".

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