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De esta manera, para la inscripción el laboratorio deberá presentar el certificado de Capacidad Técnica y Estructural que emite la Dirección de Calidad del INASE, previa evaluación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la resolución.
Cabe señalar que la medida surge a fin de uniformar las normas relacionadas con la inscripción de laboratorios, cuando por su generalidad exceden el marco normativo de las reglamentaciones, así como dejar en claro los perjuicios que se derivan del incumplimiento de los requisitos necesarios, defendiendo los intereses de los propios laboratorios.
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