5 de agosto 2020 - 13:46

La AFIP prorrogó beneficios Impositivos para pymes exportadoras

La medida permite a aquellas empresas con deudas impositivas o previsionales la posibilidad de hacer uso del plazo de postergación para la cancelación de las obligaciones tributarias.

¿Puedo ser monotribbutista y trabajar en relación de dependencia?

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Mariano Fuchila

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 30 de septiembre el beneficio que habilita a todas las pequeñas y medianas empresas exportadoras a posponer el pago de los Derechos de Exportación.

La medida permite a aquellas empresas con deudas impositivas o previsionales la posibilidad de hacer uso del plazo de postergación para la cancelación de dichas obligaciones tributarias.

La decisión del organismo ofrece alivio financiero para las pymes exportadoras con el objetivo de amortiguar los efectos de la pandemia del COVID-19. La Resolución General N° 4787/2020, que será publicada en el Boletín Oficial, beneficia a más de 25.000 empresas de todo el país.

La medida entró en vigencia durante junio por 60 días y ahora se extiende su vigencia hasta fines de septiembre.

Las empresas beneficiadas son aquellas que no podían acceder al plazo de postergación previsto en la normativa por contar con deudas impositivas o previsionales. La decisión que será implementada por la Dirección General de Aduanas (DGA) permite que esas pymes exportadoras puedan posponer el pago de los Derechos de Exportación.

Las firmas que pretendan acceder uso del plazo de espera deberán presentar una declaración jurada como garantía. La normativa vigente permite que las pequeñas y medianas empresas posterguen los pagos entre 15 y 120 días, según el monto exportado o el tipo de mercadería.

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