El Gobierno autorizó la importación de las lámparas incandescentes utilizadas para la iluminación interior de heladeras, microondas y hornos, y la venta hasta fines de mayo de todas las que estén en stock en el país.
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La medida comprende a las lámparas cuya potencia sea igual o menor a 25 vatios y aquellas cuya tensión nominal sea igual o menor a 50 voltios, independientemente de la terminación de la ampolla de la lámpara.
El decreto 2060, publicado hoy en el Boletín Oficial, aclara que constituyen solamente el 10 por ciento del mercado de lámparas incandescentes.
Además, exceptúa de la prohibición a la importación de lámparas incandescentes que ingresen al país en carácter de "importaciones temporarias y en tránsito".
Y, hasta el 31 de mayo de 2011, autoriza la comercialización de lámparas incandescentes que se encuentren en stock de los fabricantes nacionales o de los distribuidores mayoristas y minoristas cuya fabricación en el país o importación hubiera sido realizada con anterioridad al 31 de diciembre de 2010.
La Ley 26.473 estableció la prohibición, a partir del 31 de diciembre de 2010, de la importación y comercialización de lámparas incandescentes de uso residencial general en todo el país.
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