La conveniencia de cancelar préstamos bancarios con bonos o depósitos reprogramados dependerá de la cotización de mercado que tengan ambas opciones de inversión. Los depósitos reprogramados tendrán un valor de mercado a través de la cotización de los certificados de estos saldos (denominados CEDRO) en la Bolsa.
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Sin embargo, existe un dato para tener en cuenta. Los CEDRO posiblemente tendrán una cotización que diferirá entre sí en función del banco emisor y la evaluación que sobre esta entidad realicen los inversores.
Por ejemplo, inicialmente se dispone de un valor inicial de u$s 100, el cual pesificado a un tipo de cambio de 1,40 y actualizado por el CER da como resultado $ 170. Este sería tanto el valor al que se toman los bonos como los certificados de depósito para cancelar las deudas, sin importar su valor de mercado en ese momento. Además, se supone que tanto el valor de mercado de unos y otros cotizan por debajo de la paridad.
•Conveniencia
Si, por ejemplo, el precio de mercado del bono es de $ 144, y el certificado de depósito reprogramado del Banco «A» cotiza a $ 140, convendrá optar por esta última opción. En cambio, si se tienen que cancelar deudas con el Banco «B», cuyo certificado cotiza a $ 144, no hay diferencia entre éste y el bono. Por último, en caso de que se deban saldar obligaciones con la entidad «C» que tiene certificados que cotizan en el mercado secundario a $ 150, claramente la mejor opción será tomar el bono. De esta forma, por $ 144 se cancelan obligaciones contraídas por $ 170.
Por otra parte, si por ejemplo el bono sube su cotización a $ 180 (por encima de los $ 170 con los que se salda la deuda), convendrá tomar los certificados de depósitos. Si ya se posee un bono, se podría venderlo en el mercado y con este importe cancelar el pasivo con un saldo a favor de $ 10.
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