Estas sociedades están definidas por la ley argentina como uno de los 88 paraísos fiscales (baja o nula tributación). Tienen una serie de características que las diferencian del régimen general de sociedades anónimas:
• Sólo pueden invertir en el exterior, es decir, fuera de Uruguay.
• Sus acciones son al portador, por lo que se desconoce legalmente quiénes son los accionistas que están detrás de dichas sociedades.
• Sólo están sujetas a un mínimo impuesto patrimonial, pero no pagan Ganancias.
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