COMUNICADO DEL BANCO CENTRAL SOBRE PAGO DE DEUDAS EN PESOS
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Comunicamos a las entidades financieras que se encuentra autorizada, como excepción al feriado cambiario establecido para el día de la fecha, la conversión de pesos a dólares estadounidenses al tipo de cambio de convertibilidad, con la única finalidad de cubrir las siguientes operatorias:
2. Pago de saldos de tarjetas de crédito y deudas contraídas con entidades financieras en concepto de capital e intereses de préstamos personales, hipotecarios para vivienda y prendarios, por la adquisición de automóviles de uso particular siempre que el deudor sea una persona física, vencidos o a vencer en la fecha.
3. Saldos en descubierto en dólares estadounidenses originados por la actividad desarrollada en cuentas corrientes en pesos.
4. Cancelación de operaciones de pase y caución bursátil concertadas en el Mercado de Valores de Buenos Aires S.A.
Las entidades financieras podrán cubrir hasta las 20:00 horas del día de la fecha la totalidad de las transferencias realizadas a sus clientes por los conceptos mencionados, mediante una transferencia equivalente de su cuenta corriente en pesos a su cuenta corriente en dólares estadounidenses, radicadas en este Banco Central.




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