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El proyecto, que ingresó a Diputados a última hora de la noche, modifica el artículo que fijaba una suspensión de 180 días hábiles en las ejecuciones de todo tipo -créditos hipotecarios para vivienda y PyMEs- pasando ahora a ser de 180 días corridos, y se dan mayores facultades a los jueces para la homologación de acuerdos en aplicación del «cram down». Se establece también una derogación casi completa de la Ley25.563, la que fue votada en febrero, modificando la Ley de Quiebras anterior y que generó las protestas de inversionistas y organismos extranjeros, reinstaurando los plazos originales de exclusividad para el deudor y el «cram down».
Dentro de los fundamentos que justifican una reforma a la Ley de Quiebras el gobierno argumentó que: «Se están llevando adelante gestiones para lograr acuerdos importantes con el FMI... lo cual resulta indudablemente necesario para favorecer el proceso de recuperación de las condiciones económicas. En tal sentido se encuentra conveniente revisar las medidas de excepción contenidas en la Ley 25.563 (modificación de quiebras)».
«En el proyecto de ley se reincorporan los plazos y normas propios de la Ley 24.522 (original de quiebras) y también el importante instituto del «cram down» que había sido derogado.» Así explicó el Ejecutivo el centro de la reforma que se envió ayer al Congreso.
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